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Los concursos de acreedores ya están registrando un incremento importante por los estragos de la crisis, y eso que hasta fin de año está vigente ... la moratoria que exime de la obligación de presentarlos. Mientras se espera la avalancha, los expertos examinan la reforma concursal diseñada por el Gobierno para trasponer, por fin, la directiva europea en esta materia y hacer que el proceso para las insolvencias funcione mejor en España. Pero este malagueño experto en derecho concursal y presidente del Registro de Economistas Forenses, órgano especializado en materia de insolvencias del Consejo General de Economistas, advierte de que el texto tiene fallos que pueden dar al traste con sus objetivos.
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- ¿Espera una gran avalancha de concursos para el año que viene?
- Sí. Ya se registra un incremento del 41% respecto a 2019, una referencia mejor para comparar dado el parón judicial de 2020. Y eso que está la moratoria hasta el 31 de diciembre. Cuando se levante caerán muchas que ya tienen cierto nivel de insolvencia. Algunas empresas y autónomos están también esperando a conocer la reforma.
- ¿Cuándo se espera que entre en vigor?
- El Gobierno está obstinado en aprobar la ley antes de fin de año porque es una de las reformas que debe acometer para obtener los fondos europeos. La entrada en vigor se espera para principios de 2022, poco después de acabar la moratoria.
- En España el 96% de los concursos termina en liquidación. ¿Cambiará esto con la nueva ley?
- El propósito de la directiva que traspone es evitar que las empresas lleguen a la declaración del concurso y que se adopten medidas con antelación. Pero tiene fallos que pueden dar al traste con ese objetivo. Por ejemplo, establece un mecanismo de alerta temprana para detectar problemas de liquidez. Sin embargo, no lo define y da un año de plazo a Hacienda para desarrollarlo. La información de la agencia Tributaria es muy desfasada, así que es difícil que pueda anticipar nada. No va a ser útil. Otro de los avances que plantea es la figura del reestructurador para acompañar al deudor en la etapa preconcursal, con objeto de negociar con los acreedores y analizar cómo hacer la empresa viable. Por ejemplo, si tiene que cerrar dos tiendas para mantener vivas otras tres. Pero también eso lo desarrolla mal.
- ¿Qué problemas hay con la figura del reestructurador?
- No define quién puede ejercer esa labor y limita su presencia a una serie de supuestos cuando debería tener un papel estrella.
- Se han quejado también de que se mantiene el privilegio para al crédito con Hacienda y la Seguridad Social.
- Es que están excesivamente protegidos. Para empezar, en los créditos públicos no se pueden suspender las ejecuciones, lo que es un lastre en la etapa preconcursal. Pero lo más grave viene de la barrera insalvable que supone para el acceso a la Segunda Oportunidad de personas empresarias, con deudas derivadas de su negocio. En el caso de los autónomos es muy común que gran parte de su deuda sea con Hacienda y la Seguridad Social y, si no se puede perdonar, estamos haciendo un pan como unas tortas.
autónomos
plazos
- ¿Hay esperanzas de una rectificación?
- Nosotros hemos presentado las alegaciones. Entendemos que no se puede permitir que se acumulen las deudas con Hacienda y Seguridad Social. Lo que pedimos es que entren en la exoneración las devengadas en los últimos tres trimestres.
- En el tratamiento del crédito público no hay mejora, pero sí en otros aspectos de la Segunda Oportunidad. Ya no se exigirá liquidar todo el patrimonio.
- Efectivamente, se contempla la posibilidad de que la persona física que opte al perdón de sus deudas con la Segunda Oportunidad no tenga que liquidar su patrimonio (casa, lonja y otros bienes empresariales...) y presente un plan de pagos a tres años. Es una importante mejora respecto a la situación actual, que conlleva la liquidación de todos los activos, aunque hay sentencias judiciales que permiten salvar la vivienda habitual.
- Otra de sus críticas viene de que se elimina la figura del administrador concursal en los concursos de micropymes.
- La reforma contempla un sistema simplificado para las micropymes (menos de dos millones de ingresos y de 10 trabajadores), hasta el punto de eliminar todas las figuras (administrador concursal, abogado, procurador) y que el proceso se haga con formularios. Este mecanismo deja abierta la puerta a mucha picaresca porque nadie supervisa la lista de acreedores ni los acuerdos que pueda alcanzar el deudor con un puñado de ellos. Por eso pedimos que, si una parte de los acreedores demanda administrador concursal, se ponga.
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