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Dos millones de autónomos pasan a pagar 283,3 euros

Alrededor del 70% de estos trabajadores cotizan por la base mínima, que se ha elevado un 1,25% con el acuerdo del sector

C. L./ L. P.

Sábado, 29 de diciembre 2018, 00:32

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En España hay cerca de 3,2 millones de trabajadores adscritos al Régimen de Autónomos, de los cuales casi el 70% -lo que se traduce en 2,1 millones de profesionales- cotizan por la base mínima a la Seguridad Social. Tras meses de tensas negociaciones, las asociaciones profesionales y el Gobierno llegaron a un acuerdo para subir la base de cotización a cambio de mejorar sus prestaciones de paro y bajas por enfermedad, que ayer se materializó vía Real Decreto del Consejo de Ministros. Tras la aprobación de estas medidas, el presidente, Pedro Sánchez, destacó que «hemos dado un paso crucial para que los autónomos tengan la protección social que merecen».

Base de cotización - Sube un 1,25%

La nueva base mínima de cotización queda fijada en 944,35 euros para los autónomos personas físicas y en 1.214 para los autónomos societarios. Si se les aplica la cuota del 30%, resulta una cuota mensual a pagar de 283,3 euros y 364,22 euros, respectivamente. Esto implica una subida anual para este colectivo de 64 y de 83 euros.

Tarifa plana - Sube hasta los 60 euros

La tarifa plana de 50 euros para el primer año de actividad para quienes cotizan por la base mínima, se eleva hasta los 60 euros (51,5 contingencias comunes y 8,60 contingencias profesionales); y si se cotiza por encima de la base mínima, se reduce la cuota por contingencia común un 80%. Tras esos 12 meses, se mantienen las bonificaciones posteriores previstas hasta ahora.

Maternidad - Tarifa plana especial

Tras consumir el periodo de baja por maternidad, y durante un plazo de 24 meses, las profesionales autónomas podrán disfrutar de una tarifa plana especial de 60 euros al mes durante 12 meses y sin necesidad de tener que cesar previamente en su actividad.

Baja laboral - Cobros y bonificaciones

Se establece el derecho a cobrar la prestación por accidente de trabajo o enfermedad profesional desde el primer día de baja. A partir del segundo mes de baja por enfermedad o incapacidad temporal y hasta el momento del alta no pagarán la cuota de Seguridad Social.

Prestación desempleo - Facilidad de acceso

Se mejora el acceso a la prestación por cese de actividad (paro), flexibilizando los requisitos actuales y ampliando la duración de la prestación, que pasa de 12 meses a 24.

Formación - Reciclaje profesional

Todos podrán acceder a la formación continua y al reciclaje profesional.

Autónomo dependiente - Obligación de informar

Para los profesionales que cumplan las condiciones para incluirse en la categoría de trabajador autónomo económicamente dependiente (TRADE), se establece la obligatoriedad de comunicar tal situación a la Tesorería General de la Seguridad Social.

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