¿Quién tiene derecho a cuentas gratuitas en el banco?
kontsumobide
Viernes, 31 de mayo 2019
He oído que el Gobierno ha decretado que las cuentas bancarias serán gratuitas para algunas personas. ¿Es cierto que puedo pedirle a mi banco que no me cobre comisiones si estoy en una situación difícil?
Sí y no, nos explicamos: El Gobierno ha regulado en el Real Decreto 164/2019 de 22 de marzo la gratuidad, temporal, en las cuentas de pago básicas para personas en situación de vulnerabilidad o con riesgo de exclusión financiera. Esto quiere decir que solamente si eres titular de una de estas cuentas podrás solicitar acogerte a esas medidas. Las cuentas de pago básicas son un producto que los bancos deben ofrecer obligatoriamente; y que ofrecen, como su nombre indica, servicios básicos de pago, ingresos, pagos con tarjeta y adeudos domiciliarios con un tope de 120 operaciones anuales.
Para disponer de una cuenta de pago básica no puedes disponer de ninguna otra cuenta bancaria. Estas cuentas tienen una comisión máxima mensual de 3 euros y esa es la cantidad de la que te podrán eximir si eres titular de una de estas cuentas y estás en situación de vulnerabilidad.
Para acceder a dicha gratuidad no puedes exceder de unos ingresos económicos brutos determinados, que varían en función del tamaño de la unidad familiar y están referenciados al Indicador público de renta de efectos múltiples, y que en el caso de una sola persona ronda los 13.000 euros anuales. Además, tampoco podrás tener en propiedad ninguna casa, excepto tu propio domicilio, ni participación en sociedades mercantiles, ni como hemos indicado otra cuenta bancaria. Estas limitaciones afectan tanto a la persona solicitante como a los miembros de la unidad familiar computados individualmente.
Si optas por la gratuidad deberás solicitarla en tu banco, aportar la documentación que te requieran y debes saber que esta no es indefinida, sino que tiene una duración de 2 años tras los cuales debe ser renovada la solicitud. Si en ese periodo el banco puede acreditar que ha desaparecido la situación de vulnerabilidad, también puede anular la gratuidad del servicio.
Estas cuentas, por supuesto, son sólo para las personas consumidoras y en ningún caso se puede hacer un uso mercantil de las mismas.
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.