El Ararteko urge al Gobierno vasco a actuar contra el lindane en suelos y ríos
Tóxicos «para la salud humana» en al menos seis emplazamientos
Ekologistak Martxan lleva décadas pidiendo la restauración ambiental al Gobierno vasco y al Parlamento. De hecho, constataron, con sus propios análisis, la presencia de lindane ... en los antiguos vertederos de Artxanda, Santo Domingo, el vertedero de Jata, Modorreta, Etxeuli y el de Premabi en Sondika. Y no es la primera vez que solicitan el amparo del Ararteko, que reconoce que el lindane y otros isómeros del HCH son persistentes, se bioacumulan en organismos vivos y «son tóxicos para la salud humana y el medio ambiente». De momento, una empresa que pretende recuperar el viejo vertedero de Artxanda ya ha retirado 16 toneladas de lindane de la zona y hay un proyecto público para recuperar el vertedero de Etxeuli, el gran foco de pesticida en la Margen Izquierda.
El Defensor del Pueblo vasco le recuerda que debe preservar de oficio el medio ambiente y que la persistencia del tóxico puede atentar contra el «derecho a la vida»
bilbao. Tirón de orejas del Ararteko al Gobierno vasco por la persistencia de contaminación por lindane en el medio ambiente y en la Ría pese al cierre de las industrias hace décadas (las de Erandio y Barakaldo bajaron la persiana en 1982 y 1987, respectivamente) y pese a que está advertido de varios de los emplazamientos del pesticida cancerígeno.
La institución publicó ayer una contundente resolución del 6 de junio, una de las últimas que Manuel Lezertúa elaboró antes de retirarse días después, en la que recuerda al Gobierno vasco -y en concreto al Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad- su obligación de impulsar, de oficio, la limpieza de terrenos en los que haya indicios de contaminación en los términos y plazos previstos en la Ley 4/2015, de 25 de junio.
El Defensor del Pueblo vasco también le recomienda elaborar un plan para lograr la restauración ambiental porque a su juicio, «la persistencia de esa contaminación podría llegar a afectar otros derechos fundamentales como el derecho a la vida privada y familiar o incluso, el derecho a la vida» y le sugiere convocar nuevos encuentros de la mesa participativa creada con agentes sociales interesados en el problema, que solo se reunió en dos ocasiones. Aun así, advierte que departir en este órgano «no debe suponer un menoscabo del ejercicio de sus potestades públicas de control e inspección ambiental, porque éstas resultan de ejercicio obligatorio y no están sujetas a transacción o acuerdo».
El problema del lindane en Bizkaia se remonta a hace décadas. Miles de toneladas de este contaminante se depositaron de forma incontrolada por doquier. Se construyeron celdas y depósitos de seguridad en Argalario y en Loiu, pero en parte de las 700 parcelas potencialmente contaminadas identificadas quedan multitud de bidones de este pesticida. Con las lluvias, se filtra a escorrentías, arroyos y ríos. En la Ría se incumplen de forma reiterada los índices de calidad química por culpa de esta sustancia. En el río Asua los niveles de lindane son muy altos.
Obligación de tutelar
El Ararteko recuerda que es la Administración y en este caso, el Gobierno vasco, quien debe impulsar la descontaminación de «oficio» -existe un principio de oficialidad para el impulso de los expedientes administrativos sometido al principio de celeridad, insiste- y «cuando se den indicios fundados de la existencia de sustancias contaminantes». Insiste en que el procedimiento por el que se ordena la restauración ambiental a los causantes de la polución o a los propietarios del suelo debe resolverse dentro del plazo máximo de seis meses y que la descontaminación no debería superar los tres años. Y que «las administraciones públicas en ningún caso pueden inhibirse ante el incumplimiento de la legalidad medioambiental ni tampoco dilatar el expediente con base en la esperanza de que las personas responsables se avengan a ejercer sus obligaciones incumplidas», recalca. A su juicio, la «falta de actuación de los particulares no debe menoscabar la función pública que representa la defensa de la legalidad medioambiental».
Por ello, recuerda al Departamento de Industria y Medio Ambiente su «obligación de actuar» y de «tutelar» el derecho al medio ambiente,. «La falta de adopción de medidas para controlar la contaminación de los vertederos puede constituir una vulneración de los derechos humanos», alerta. Así lo constata el Tribunal Europeo de Derechos Humanos «en aquellos casos en los que se acredita un daño ambiental, grave y continuado sin que las autoridades hayan tomado las medidas razonables y necesarias».
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.