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O dejas una copia del DNI en el banco o te bloquean la cuenta

O dejas una copia del DNI en el banco o te bloquean la cuenta

Las entidades financieras españolas tienen hasta el 30 de abril para identificar a sus clientes y cumplir así las exigencias de la ley contra el blanqueo de capitales

Iban Garbayo

Jueves, 26 de marzo 2015, 00:06

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La banca española se ha puesto las pilas en la identificación de los titulares de sus cuentas con el fin de adaptarse a la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales. Antes del próximo 30 de abril, todos los clientes -tanto personas físicas como jurídicas- deberán entregar a las entidades financieras con las que trabajen su DNI para que sea digitalizado y conservado por los responsables del banco o caja y, en algunos casos, otros documentos que prueben a qué actividad económica se dedican. De lo contrario, su cuenta será bloqueada.

La medida, que pretende dar cumplimiento a una ley de abril de 2010 que daba un plazo de cinco años para formalizar el trámite, pretende impedir la utilización del sistema financiero, así como de otros sectores económicos, para el blanqueo de capitales procedentes de actividades delictivas. La solicitud para que cumplan con ese requisito está siendo enviada incluso a clientes con los que las entidades tienen una estrecha relación y de los que por diversas razones -por ejemplo, la apertura de su cuenta en una fecha en la que no fuera obligatoria la obtención y conservación del DNI- carece de una copia de su DNI.

En España existen cerca de 85 millones de cuentas bancarias, de las cuales alrededor de 50 millones corresponden a particulares. La mayor parte de los bancos ya han incorporado las disposiciones de esta norma, aunque algunas entidades de menor tamaño están encontrando problemas para cumplir con las exigencias que conlleva tanto de personal como de recursos. Fuentes del sector estiman que entre un 10% y un 15% de clientes aún no han actualizado la documentación.

Por todo ello, durante los últimos meses los bancos han intensificado la labor de contacto con los titulares de las cuentas para resolver esta petición. A través de cartas, SMS, correos electrónicos y llamadas telefónicas requieren el envío urgente de la copia del documento de identificación y del justificante de su actividad económica. No hacerlo no provocará que se pierda el dinero, por supuesto, pero en poco más de un mes se encontrarán que no podrán realizar operaciones como ingresos, transferencias o retiradas de efectivo.

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