Multa de 96.000 euros a una cadena de gimnasios por imponer el reconocimiento facial para entrar
FACUA denunció esta situación en 2023 tras las quejas de vario socios por considerarlo un sistema de acceso «muy invasivo»
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha multado con 96.000 euros a la cadena de gimnasios Supera por imponer el reconocimiento facial en el acceso a sus instalaciones. FACUA-Consumidores en Acción denunció esta situación en 2023, tras tener conocimiento a través de sus socios de que los gimnasios habían implantado este sistema como única forma de permitir el acceso, lo que consideraba como «un tratamiento ilícito de los datos biométricos de los usuarios». Varios socios se quejaron por considerarlo un sistema «muy invasivo».
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Los datos biométricos, siempre que se traten con la finalidad de identificar a una persona -como en el caso de un control de acceso-, entran dentro de la categoría de datos «de carácter personal de categoría especial», según recoge el artículo 9 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), cuyo tratamiento está generalmente prohibido. Su tratamiento, por tanto, solo es posible si tienen lugar alguna de las excepciones que prevé el propio Reglamento, entre ellas que se haya recabado un consentimiento explícito del usuario. Esta empresa tiene 30 centros repartidos por una veintena de localidades de Burgos, León, Palencia, Santander o Madrid.
Por otro lado, FACUA informa de que las sanciones iniciales a la cadena de gimnasios eran de 80.000, 50.000 y 30.000 euros (160.000 euros), pero finalmente han quedado establecidos en 96.000 tras haberle aplicado una reducción del 40% por el reconocimiento de responsabilidad y el pago voluntario de las multas.
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