¿Me pueden multar por no pasar la ITV aunque mi coche esté aparcado? ¿Y si no me han parado?
Tener la ITV caducada acarrea una sanción económica de 200 euros
¿Le han multado por no llevar la ITV en regla pero no le ha parado ninguna patrulla? Su multa de 200 euros no es una excepción y los radares tienen la respuesta. La Dirección General de Tráfico (DGT) lleva años persiguiendo estas infracciones y las cámaras se han convertido en una ayuda esencial para las autoridades. Su funcionamiento es sencillo: estos aparatos leen las matrículas y las comparan con un fichero informatizado de vehículos. Por tanto, un vehículo puede ser multado sin necesidad de que le paren en ningún momento.
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«Tenemos un sistema que está bastante bien. Cuando pasan los coches por los radares, las cámaras leen las matrículas y podemos contrastarlas con la base de datos de ITV o de seguro. Si salta la alarma podemos enviar una multa porque tenemos un vehículo que hemos identificado que está circulando y no nos consta que tenga seguro o que haya pasado la ITV», explicaba el director de la DGT, Pere Navarro, en su última comparecencia ante la Comisión de Interior del Senado.
En su momento, Navarro reconoció que el sistema de cámaras ha producido algunos errores a la hora de detectar infracciones y notificar sanciones, pero asegura que han sido pocos y que cada vez es más preciso. «El sistema es bastante eficiente. Es verdad que la base de datos no está perfecta y tenemos que poner algunos coeficientes para no enviar sanciones a quien no corresponde», admitió.
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El pasado mes de junio entró en vigor la nueva normativa de la Inspección Técnica de Vehículos, que modifica algunos de los motivos por los que la ITV se considera desfavorable y endurece las multas que se impondrán a los vehículos que no la pasen.
Multas por no tener la ITV en regla
Al pasar la ITV podemos recibir tres tipos de resultados: ITV favorable, ITV desfavorable (hay un fallo grave o varios fallos leves y puedes llevar tú mismo el coche al taller) e ITV negativa, que se da por la acumulación de fallos graves y exige que sea una grúa la que lleve el coche a reparar. Circular o dejar el coche aparcado en la calle si el resultado no ha sido favorable o si directamente no hemos llevado el vehículo a la revisiónn puede ocasionar las siguientes multas:
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- Circular con la ITV desfavorable supone una multa de 200 euros. En este supuesto, el titular del vehículo está obligado a reparar los defectos graves y volver a la estación de ITV, en un plazo máximo de dos meses, para comprobar la subsanación de dichos defectos.
- Circular con una ITV negativa acarrea una sanción de 500 euros. En estos casos, el vehículo no está autorizado a abandonar la estación de ITV por medios propios, sino que tendrá que hacerlo transportado por una grúa hasta el lugar de reparación y volver a la estación ITV, en un plazo máximo de dos meses, para comprobar la subsanación de los defectos.
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- Tener la ITV caducada, es decir, tanto circular con el vehículo como tenerlo estacionado en el garaje o en la calle sin haber realizado la inspección técnica en la fecha en la que le correspondía acarrea una sanción económica de 200 euros y la obligación inmediata de realizar la ITV.
Además, es obligatorio llevar colocada la pegatina de la ITV (distintivo V-19) en el lugar indicado. No hacerlo supone una infracción leve y una multa de 80 euros.
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