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Las claves del decreto

Martes, 8 de junio 2021, 23:26

  1. Están afectadas todas las viviendas de Euskadi y solo computa una segunda residencia por titular

La segunda vivienda no puede considerarse deshabitada, aunque la norma remarca que solo se puede computar una por titular en el conjunto de la comunidad ... autónoma. Todas las adicionales sí pueden declararse vacías. Y ocurre lo mismo si se trata de una persona residente fuera de Euskadi. Si tiene varias viviendas en la comunidad, solo podrá alegar que una de ellas es su segunda residencia. En cambio, no se aplica a las segundas o terceras viviendas que una persona censada en Euskadi tenga en otra autonomía.

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El decreto, en cualquier caso, no dice que no puedan estar en la misma localidad que la primera vivienda. Tendrán que justificar para su consideración de segunda residencia que se ocupa de manera intermitente o en estancias temporales.

  1. Los ayuntamientos han colaborado en la elaboración del decreto a través de su asociación (Eudel)

Responsables del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes remarcaron ayer que la Asociación de Municipios vascos Eudel ha participado «junto al resto de agentes interesados» en el proceso participativo abierto durante la elaboración del decreto. Las mismas fuentes añadieron que, además, la tramitación contó con un informe de la Comisión de Gobiernos Locales. A este respecto, adelantaron que se ha acordado con Eudel organizar en septiembre un foro para solventar las dudas de los municipios y analizar las necesidades de formación que pudiera haber al respecto. No en vano, la competencia es municipal, tanto respecto al canon, como al alquiler y la expropiación forzosa. El Gobierno vasco solo actuaría con carácter subsidiario ante casos de inacción.

  1. Es una regulación «garantista», que concreta los casos por los que una vivienda no se considera vacía

Iñaki Arriola subrayó ayer que el decreto es «absolutamente garantista» para no inculcar derechos de los propietarios. En este sentido, explicó que incluye todos los supuestos en los que la desocupación puede considerarse justificada: desde las segundas residencias a los casos de traslado temporal de domicilio por trabajo, salud, dependencia o emergencia social y los hogares ofertados en venta o alquiler a precios de mercado durante un mínimo de tres meses. Asimismo, están exentos los pisos que se cedan a la Administración para su alquiler protegido, los de entidades sin ánimo de lucro para acoger a personas migrantes, discapacitadas o víctimas de violencia de género y los que estén siendo rehabilitados o no cuenten con las condiciones mínimas de habitabilidad.

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  1. El procedimiento a seguir es minucioso, el dueño tiene derecho a alegar y a pararlo si alquila el piso

Ante la sospecha de que un piso está vacío, el Ayuntamiento de turno analizará el empadronamiento y requerirá a las compañías suministradoras los datos de consumo de agua, gas y electricidad (se considera el mínimo la tercera parte del consumo medio por persona en la localidad). Con estos datos, iniciará el procedimiento de declaración de vivienda deshabitada y dará al dueño audiencia y 15 días hábiles para hacer alegaciones. La resolución implica la imposición inmediata del canon y el traslado de la resolución al registro autonómico. El Consistorio no puede decidir si lo aplica o no. Debe hacerlo. En cualquier caso, el proceso se paraliza si el dueño pone su vivienda a disposición de programas públicos de arrendamiento o si «acredita» alguna causa justificativa «para la desocupación».

  1. Se pueden cobrar el IBI y el canon a la vez, y existen ayudas especiales para rehabilitar estos pisos

Aunque el canon es un gravamen nuevo, no implica la desaparición del recargo del IBI a la vivienda vacía. Es legal la coexistencia de ambas tasas. Este es un aspecto de la Ley de Vivienda que recurrió el PP ante el Constitucional alegando que se duplicaban los hechos imponibles. El Tribunal dice que son compatibles. En cualquier caso, el articulado del texto hace hincapié en que los dueños de estos pisos tendrán a su alcance numerosas ayudas para proceder a su rehabilitación y alquilarlos. Es más, el Departamento de Vivienda les garantiza que aquellas obras que se realicen para destinarlos al alquiler protegido «tendrán prioridad y ayudas adicionales». Será así si los ceden a los programas públicos de intermediación del alquiler Bizigune y Asap.

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