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La excepción del SEPE que permite cobrar el paro si has olvidado darte de alta como demandante de empleo

El Servicio Público de Empleo exige ciertas condiciones para poder acceder a la prestación contributiva

Domingo, 27 de julio 2025, 15:03

El Servicio Público de Empleo Estatal exige como requisito indispensable estar dado de alta como demandante de empleo. Entiende el organismo que sus prestaciones, tanto el paro como los diferentes subsidios, están pensados para respaldar económicamente a aquellas personas que, a pesar de tratar de encontrar trabajo, no consiguen encontrar una nueva oportunidad laboral.

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La obligación de estar dado de alta como demandante de empleo obliga a estos parados a participar en cursos de formación, en el caso de que sean convocados por el SEPE, y pasan a estar en una base de datos a partir de la cual empresas especializadas en su formación podrán contactar con ellos. Todo esto responde a que estas ayudas no están pensadas para ser cobradas para percibir el dinero sin intención alguna de trabajar, sino que se entiende como un complemento mientras ese beneficiario busca de forma activa retomar su actividad laboral.

¿Qué sucede? Que son 15 días hábiles el margen que otorga el SEPE para darse de alta una vez que se le acaba el contrato a la persona en cuestión. Y en algunas ocasiones por desconocimiento no se lleva a cabo este trámite, lo que les hace perder el cobro de un paro, la conocida prestación contributiva, al que habrían tenido derecho.

Hay una excepción, eso sí, que puede salvar a más de un despistado. La normativa del SEPE contempla que la demanda de empleo se renueve automáticamente si la baja en el trabajo se ha producido en menos de 180 días desde que la anterior prestación terminase. Con el fin de ahorrar trámites y agilizar las citas, el SEPE ha establecido un acuerdo con los organismos autonómicos para dar el visto bueno a la solicitud de la prestación en esos casos, en los que al demandante se le tomará en cuenta como si hubiese reactivado la demanda de empleo.

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