Las 79 trabajadoras ligadas a la sentencia prestaban servicios de limpieza en la Virgen Blanca y Zorrozaurre. borja agudo

El Supremo exime al IMQ de incorporar a 79 limpiadoras de una contrata

Miércoles, 11 de enero 2023, 00:56

El Tribunal Supremo ha enmendado la plana a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que en una sentencia ... dictada el pasado mes de marzo obligaba a la aseguradora vasca IMQ a hacerse cargo e integrar en su plantilla a 79 trabajadoras de servicios de limpieza. El Supremo -por unanimidad del pleno- ha aceptado el recurso interpuesto por la aseguradora y aunque mantiene que el despido de esas trabajadoras fue nulo, hace recaer sobre la empresa contratista la responsabilidad de su mantenimiento en plantilla.

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El caso tiene sus orígenes en la decisión del IMQ de rescindir a finales de 2021 el contrato que le había unido durante tres años a la empresa de servicios Gizatzen, filial del grupo OHL. Esa empresa y las 79 trabajadoras ligadas a la sentencia, prestaban servicios de limpieza en las dos clínicas propiedad de la aseguradora: Virgen Blanca y Zorrozaurre. El IMQ argumentó su deseo de asumir esos trabajos con personal propio, de ahí su decisión de rescindir el contrato con la empresa de servicios. La aseguradora también defendió que no estaba obligada a asumir a las empleadas de la contrata al no estar vinculado el IMQ con el convenio de limpieza ni ser una empresa pública. En este convenio existen compromisos de mantenimiento de los trabajadores cuando cambia la empresa contratista, en especial cuando se trata de un contrato ligado a la administración pública.

ELA, que lideró la demanda, estima que hay «un posicionamiento social y político de los miembros del tribunal»

Vulneración de derechos

El sindicato ELA lideró el recurso judicial que encontró respaldo en el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. El Superior admitió la reclamación de las empleadas -que su despido se declarase nulo y que se obligase al IMQ a incorporarlas a su plantilla de trabajadores fijos-, al entender que se habían vulnerado sus derechos fundamentales. En concreto su derecho a la libertad sindical. Y ello porque, argumentó la defensa de las empleadas, la decisión del IMQ de rescindir el contrato con Gizatzen había estado motivada por las reiteradas reclamaciones laborales de las empleadas. La sentencia del Superior de Justicia había fallado la nulidad de los despidos, la obligación del IMQ de incorporar a las empleadas y también dos indemnizaciones que debía abonar la aseguradora, precisamente por esa vulneración de derechos fundamentales. Una de 1.000 euros a cada empleada y otra de 40.000 euros al sindicato ELA. Pero con la nueva sentencia del Supremo también han decaído esas indemnizaciones.

Fuentes del sindicato ELA calificaron ayer como «muy grave la sentencia», que rechaza vulneración de derechos apreciada por el Superior vasco y anticiparon que estudian un recurso al Constitucional. Para este sindicato, la sentencia del Supremo supone «un posicionamiento social y político de los miembros del tribunal».

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