Pensiones 2020: así queda la pensión mínima en España

IRATXE BERNAL

Lunes, 17 de febrero 2020, 09:18

A continuación repasamos cómo quedan las pensiones mínimas, después de que el pasado 14 de enero de 2020, el primer Consejo de Ministros celebrado tras la formación del nuevo Gobierno aprobara la subida para este ejercicio, y a diferencia de lo ocurrido en años anteriores lo hiciera aplicando una revalorización idéntica para todas las pensiones, sean o no contributivas. Es decir, independientemente de la situación personal del beneficiario se cobrará un 0,9% más, así que para saber cuánto le ingresarán a partir de ahora cualquier pensionista debe multiplicar por 1,009 el importe de la paga de enero, en el que aún no se aplicó la subida.

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Así quedan las pensiones mínimas en la tabla de la subida de las pensiones de este año.

Pensiones contributivas mínimas 2020

El incremento decretado por el Gobierno supondrá para los mayores de 65 años que cobren la pensión mínima ingresar entre 9.081,80 y 11.807,60 euros anuales. Si los titulares tienen un cónyuge a su cargo cada una de las catorce pagas que recibirán será de 843,32 euros, cifra que ascienden a 648,70 euros si tiene cónyuge pero éste no está a su cargo. Si pensionista vive solo le corresponderá una mínima de 683,50.

Si se han cumplido los 65 años y hasta ahora se estaba cobrando una prestación no contributiva por gran invalidez las cuantías varían de los 973,10 euros que cobrarán quienes tengan cónyuge pero no le mantengan, los 1.025,30 euros de los que vivan solos y, finalmente, los 1.265,10 euros de quienes sí se hagan cargo de su marido o mujer.

Entre los beneficiarios que aún no hayan cumplido los 65 años las retribuciones mínimas quedan establecidas en los 790,90 euros si mantienen a su cónyuge; los 604,40 si tienen cónyuge pero éste no depende del titular de la pensión; y los 639,50 de quienes sean considerados unidad familiar unipersonal.

Pensiones por incapacidad permanente mínimas 2020

Las cuantías mínimas de las contribuciones que reciben quienes padecen alguna incapacidad permanente varían en función del grado de ésta y de la situación familiar del titular de la pensión. Cuando el pensionista necesite la asistencia constante de otra persona (gran invalidez) recibirá 973,10 euros si tiene cónyuge pero éste no depende económicamente de beneficiario de la prestación; 1.025,30 euros si es considerado unidad familiar unipersonal; y 1.265,10 euros si mantiene a su cónyuge.

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Si se padece incapacidad absoluta (que inhabilita al trabajador para realizar cualquier oficio) o total (que le impide ejercer su profesión habitual pero puede le permite dedicarse a otra distinta), las prestaciones también tienen distintas cuantías en función de la edad y situación familiar. Cumplidos los 65 años y con cónyuge a cargo la cuantía percibida será de 843,40 euros; con marido o mujer pero no a su cargo, 648,70 euros y, en el tercer supuesto, sin cónyuge, de 683,50 euros. Si en cambio se tiene entre 60 y 64 años, se cobrará 790,70 euros si hay un cónyuge a cargo de titular, 604,40 si no lo hay y 639,50 euros si el pensionista vive solo.

En los casos en los que la incapacidad permanente sea derivada de una enfermedad común y aún no se han cumplido los 60 años, las prestaciones serán de 503,90 euros si se vive solo o se tiene un cónyuge a cargo y de 499,50 euros si no se mantiene al cónyuge.

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Pensiones de viudedad mínimas 2020

Las pensiones de viudedad más bajas quedan establecidas este año entre los 517,60 euros mensuales que perciban los titulares menores de 60 años; los 639,50 de quienes tengan entre 60 y 64 años y los 683,50 que cobrarán los mayores de 65 años. Independientemente de su edad, si el titular tiene cargas familiares la paga mensual mínima será de 790,70 euros mensuales y si padece una discapacidad igual o superior al 65%, 683,50.

Pensiones de orfandad mínimas 2020

La pensión de orfandad equivale al 20% de la base reguladora del progenitor que haya muerto y varían en función de si existe un beneficiario de la pensión de viudedad y de si el fallecido era a su vez titular de una pensión de viudedad. Pero independiente de estas variables, si muere uno de los dos progenitores la prestación de orfandad mínima será de 208,90 euros al mes para cada beneficiario.Si el titular de la pensión es menor de edad y padece una discapacidad igual o superior al 65%, la cuantía asciende a 411 euros mensuales.

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Si faltan los dos progenitores (orfandad absoluta) la cuantía depende del número de beneficiarios. Si únicamente hay un titular cobrará 208,93 euros al mes. Si, cambio, hay más de un hermano se estable para cada uno de ellos un importe fijo de 208,90 euros al que se le suma el resultado de dividir 517,80 entre el número de beneficiarios.

Pensión en favor de familiares mínimas 2020

Las pensiones a favor de familiares se conceden a los parientes de personas fallecidas que dependieran económicamente de éstas. La mínima en este caso está establecida en 208,90 euros al mes. Si el fallecido no deja descendientes o cónyuge con derecho a pensión de orfandad o viudedad, la prestación que reciban los familiares dependerá de cuántos sean.

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Si hay varios se estable para cada uno de ellos un importe fijo de 208,90 euros al que se le suma el resultado de dividir 308,90 entre el número de beneficiarios. Si, por contrario, hay un único perceptor la cuantía dependerá de su edad; si tiene menos de 65 años cobrará mensualmente 465,80 euros, cifra que ascenderá a los 504,80 si supera esa edad.

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