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A partir del próximo año

Los vizcaínos, obligados a declarar sus bienes en el extranjero si superan los 50.000 euros

Esta medida figuraba en el plan para la intensificación de la lucha contra el fraude y la elusión fiscal que se aprobó en Bizkaia a comienzos del año

VASCO PRESS

Martes, 25 de junio 2013, 14:54

La Diputación Foral de Bizkaia ha aprobado en la reunión del Consejo de Gobierno modificar el reglamento que regula las obligaciones tributarias para incluir la obligación de informar sobre bienes y derechos situados en el extranjero. Según han informado fuentes forales, con esta modificación será preciso declarar, entre otras, la titularidad de cuentas en entidades financieras en el extranjero cuyos saldos, a 31 de diciembre, superen los 50.000 euros.

Asimismo, habrá que informar a la hacienda foral sobre la titularidad de valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidos en el extranjero, cuyos saldos, a 31 de diciembre, valor liquidativo, valor de rescate y valor de capitalización, en su caso, superen conjuntamente el importe de 50.000 euros.

Del mismo modo, habrá que declarar la titularidad de bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero cuyo valor de adquisición supere el importe de 50.000 euros, así como la titularidad sobre bienes muebles y derechos sobre bienes muebles situados en el extranjero o que estén matriculados o consten en registros de países extranjeros, cuando su valor unitario supere los 50.000 euros.

La obligación de declaración está limitada a los bienes y derechos que superen los importes señalados y será exigible por primera vez en el ejercicio 2014 respecto de los bienes cuya titularidad se ostente a 31 de diciembre de 2013.

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