La ley vasca antitabaco abre la puerta a limitar el consumo de tabaco en los campos de fútbol
La norma no va a regular el consumo en los 'txoko', de manera que serán sus socios quienes fijen la prohibición o el permiso de fumar en sus instalaciones
VASCO PRESS
Jueves, 3 de febrero 2011, 17:30
La ley vasca antitabaco, aprobada hoy con un amplio consenso, abre la puerta a limitar el consumo de tabaco y establecer zonas de fumadores y no fumadores en los campos de fútbol y otras instalaciones deportivas abiertas al aire libre. [Encuesta: ¿Estarías a favor?] Esta es una de las principales diferencias sobre la normativa estatal junto con la encomienda de un estudio del impacto económico de la prohibición de fumar en el sector de la hostelería.
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Ningún grupo parlamentario defendió durante la tramitación del proyecto enmienda de totalidad y sí por el contrario muchas enmiendas parciales que, en buena parte, fueron incorporadas al texto durante el debate en ponencia y comisión. Esta circunstancia ha llevado a que todos los grupos parlamentarios, a excepción de UPyD, haya votado a favor del grueso del texto la Ley Antitabaco en sesión plenaria.
El Gobierno del PSE comenzó a trabajar en la elaboración de una ley autonómica antes de que PSOE, ERC e IU tramitaran a mediados de 2010 en el Congreso de los Diputados una proposición de ley para reformar la legislación estatal sobre la materia. Sin embargo, el trámite en las Cortes Generales ha sido más rápido y la normativa estatal fue aprobada el pasado 22 de diciembre y entró en vigor el 2 de enero.
Este hecho llevó a los partidos vascos a modificar sustancialmente el contenido original del proyecto autonómico para adaptarlo al estatal y evitar que en dos localidades separadas por escasos kilómetros de distancia haya normas diferentes. El PP fue firme defensor de una equiparación que eliminó entre otras cosas la prohibición de fumar en coches particulares en el caso de que viajen menores o vender tabaco en gasolineras.
No obstante, la norma vasca mantiene algunas características particulares como, por ejemplo, abrir la puerta a que el Gobierno vasco adopte medidas para paliar los efectos negativos que la prohibición de fumar tenga en los ingresos económicos de bares, restaurantes y discotecas. El Ejecutivo de Vitoria será el encargado de realizar dentro de un año un estudio oficial para evaluar el impacto económico de la prohibición en el sector hostelero. Pero la principal diferencia reside en el tratamiento que reciben los campos de fútbol, plaza de toros y otros recintos de uso público al aire libre.
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Norma estatal
La normativa estatal es clara al respecto y prohíbe fumar en todas las instalaciones deportivas y lugares donde se desarrollen espectáculos públicos "siempre que no sean al aire libre" y, por lo tanto, en sentido positivo permite fumar en dichos lugares cuando sean abiertos. La ley vasca, en cambio, prohíbe fumar en los casos en que los espectáculos vayan dirigidos "prioritariamente" a menores. Y va más allá y fija que en las instalaciones deportivas o recintos que acojan espectáculos que se encuentren abiertos al aire libre y no van dirigidos a público menor de edad "sólo se podrá fumar en el espacio o localidades especialmente habilitados para ello". Esta disposición no estaba en el proyecto original del Gobierno vasco y fue incorporada a lo largo del trámite parlamentario a propuesta del PNV.
Esta disposición puede dar pie a varias interpretaciones. El Gobierno vasco asegura que los aficionados que asistan a un partido de fútbol en San Mamés o Anoeta, o a una corrida de toros en plaza abierta podrán seguir fumando como hasta ahora, aunque precisa que el citado párrafo abre la puerta a que los clubes de fútbol o gestores de las plazas de toros puedan limitar el consumo de tabaco y establecer zonas de no fumadores. "Lo que se abre es la posibilidad a tener el debate. Va a abrir la puerta a que sea un espacio más de debate de derechos de la ciudadanía", ha explicado la directora de Drogodependencias, Celina Pereda.
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¿Y si una persona no fumadora socia de un club de fútbol o abonada a una feria taurina pide que no se fume a su alrededor porque el humo del tabaco le molesta? Pereda ha sostenido que en este caso más que acudir a un juez con la ley en la mano "lo más interesante sería plantear como se puede regular eso donde tú tienes la localidad, y empezar a debatir".
Otra segunda diferencia con la ley estatal es el hecho de defender una mayor implicación de la sanidad pública en la lucha contra el tabaquismo. Así, y a propuesta del PP, establece a través de una disposición adicional que el Departamento de Sanidad promoverá "el desarrollo de programas sanitarios para la deshabituación tabáquica en la red sanitaria y, en especial, en atención primaria", y potenciará "el acceso a tratamientos de deshabituación".
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Cumplimiento generalizado
Por otro lado, y al contrario de lo que sucede en Navarra, la norma no va a regular el consumo de tabaco en las sociedades gastronómicas, de manera que serán sus socios quienes fijen en los correspondientes estatutos la prohibición o el permiso de consumir tabaco en sus instalaciones.
La directora de Drogodependencias ha facilitado los primeros datos de une estudio oficial encargado por el Gobierno Vasco para evaluar el grado de cumplimiento de la prohibición de fumar en lugares públicos cerrados. Los resultados del estudio revelan, según ha dicho, "un cumplimiento general y casi absoluto" de la ley en restaurantes, bares, salas de fiesta e incluso recintos potencialmente conflictos como los frontones.
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El estudio, cuyos resultados completos serán presentados la próxima semana, se ha llevado a cabo mediante encuesta telefónica a 400 restaurantes y a través de observación presencial en 500 bares, 65 hoteles, 65 salas de fiesta y 20 frontones. Un dato ilustrativo del grado de cumplimiento es que en el 98,5% de los restaurantes los propietarios aplican la ley y prohíben fumar en sus locales.
El Gobierno vasco se ha felicitado por la aprobación de ley -considera que era necesaria con independencia de la aprobación de una normativa estatal- y el alto consenso que genera y ha puesto los resultados del estudio como una evidencia de que la aplicación de la prohibición de fumar en espacios públicos cerrados se está llevando a cabo en términos generales sin problemas, sin conflicto y con normalidad.
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