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AITOR ALONSO
Sábado, 14 de noviembre 2009, 10:55
El jurado popular que ha seguido la causa contra José Diego Yllanes por la muerte de la joven de Irún Nagore Laffage, de 20 años, -ocurrida el 7 de julio de 2008, en plenos sanfermines- declaró ayer al acusado culpable, pero no de asesinato como reclamaba el fiscal y las acusaciones, sino de homicidio, tal y como solicitaba la defensa del médico psiquiatra pamplonés. Ello significa que el juez, a quien corresponde marcar la condena, deberá moverse en una horquilla diferente. La pena por homicidio en España oscila entre los 10 y los 15 años de cárcel. La de asesinato, entre 15 y 20 en su versión típica.
El jurado, formado por seis mujeres y tres hombres, dio lectura ayer a mediodía a su veredicto, al que llegó tras un día de debate y que Yllanes escuchó en la sala, cabizbajo y con el rostro oculto por las manos. La decisión fue unánime a la hora de declarar al joven médico «culpable» de dar muerte a Nagore Laffage en aquella mañana de San Fermín tras intentar mantener una relación sexual con ella, como él mismo había confesado. Seis de los miembros del jurado, sin embargo, creyeron la versión de la defensa y no apreciaron en el caso la alevosía determinante para convertir la muerte en asesinato. En concreto, no hubo una mayoría entre los nueve integrantes del tribunal popular para certificar que Yllanes se aprovechó, al matarla, de una situación «de aturdimiento e indefensión de la víctima provocada por golpes recibidos previamente», lo que podría haber elevado la graduación del delito.
El jurado sí apreció un agravante, el «abuso de superioridad» -ya que se aprovechó de su mayor capacidad física y sus conocimientos de aikido para terminar con la vida de la joven-; pero asumen cuatro atenuantes que pueden aminorar la condena final. Apreciaron embriaguez, confesión, reparación del daño -dado que Yllanes ha consignado 126.000 euros para la familia de Nagore- y arrebato.
El relato de hechos elaborado por el jurado tras las sesiones del juicio viene a incidir en que el médico estranguló a la joven después de un malentendido. Como se ha probado, ambos coincidieron de forma casual entre las 7 y las 8 de la mañana de aquella jornada y poco después se dirigieron a casa de él, en la calle Sancho Remírez de Pamplona. Allí, intimaron. Yllanes pensó «erróneamente» que la joven deseaba una «relación apasionada» y la empezó a desvestir con brusquedad. Ella también malentendió esta violencia como un intento de agresión sexual «y como reacción -interpreta el tribunal popular- le amenazó con destruir su carrera y denunciarle». Yllanes reaccionó golpeándola, tras lo que «presionó con su mano el cuello de Nagore produciéndole la asfixia y la muerte». Se vio movido, entienden, por la angustia de ser denunciado, lo que «alteró su percepción de la realidad, su conciencia y su voluntad». Es exactamente lo que dijo Yllanes en el juicio: «La maté, pero no quise hacerlo».
El fiscal pide 12 años
El jurado entiende, además, que estaba influenciado por el alcohol en grado «leve» y reconoce su temprana confesión y la actitud de colaboración con la Policía. Apenas interpreta, sin embargo, el periplo seguido por Yllanes para deshacerse del cadáver, aunque sí lo detalla. Intentó descuartizar a la joven, pero desistió -le llegó a cortar un dedo, de lo que se le considera culpable-; envolvió el cuerpo en bolsas de plástico, limpió de huellas el piso, pidió ayuda a un compañero de la clínica donde trabajaba como residente y, al no contar con su apoyo, se dirigió solo a un descampado de Olondritz, en las afueras de Pamplona, donde dejó el cadáver «semioculto, a unos metros del camino».
Como consecuencia del veredicto del jurado, el fiscal y las acusaciones variaron su petición de pena. El ministerio público la redujo de 17 años y seis meses de cárcel a 12 años y 6 meses y la acusación de la familia, de 20 años a 15, lo mismo que piden el resto de acusadores. Todos ellos recurrirán. La defensa pide 7 años.
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