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La polémica entre la Fiscalía y el tribunal ha ido en aumento en las últimas horas. / Archivo
El Poder Judicial estudiará el miércoles las críticas vertidas por la Fiscalía a la Audiencia
'caso otegi'

El Poder Judicial estudiará el miércoles las críticas vertidas por la Fiscalía a la Audiencia

El Ministerio Público acusa al tribunal de "dejación de funciones" al no utilizar los mecanismos legalmente previstos

AGENCIAS

Viernes, 23 de marzo 2007, 22:49

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial estudiará en su reunión del próximo miércoles, día 28, la respuesta de la Fiscalía de la Audiencia Nacional ante la sentencia absolutoria dictada por la Sección Cuarta de lo Penal de este tribunal contra el líder de la ilegalizada Batasuna, Arnaldo Otegi, por un delito de enaltecimiento del terrorismo.

La Fiscalía ha acusado esta tarde al tribunal de "dejación de funciones". Según explicó el Ministerio Público en una nota de prensa, la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional, pudo haber aplicado para mostrar su disconformidad con la posición fiscal el artículo 733 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, lo que no hizo. Así, los fiscales destacan que el tribunal "no utilizó los mecanismos legalmente previstos".

El 733 prevé que si el tribunal entiende que el hecho justiciable "ha sido calificado con manifiesto error" puede solicitar que se le ilustre sobre si el hecho que debe juzgarse constituye delito o si existe circunstancia eximente de responsabilidad.

La de la Fiscalía es una respuesta "sin precedentes", en opinión de López, "tanto por su contenido como por la oportunidad". Y, además, "produce graves descalificaciones a los jueces, transmite una sensación de grave enfrentamiento entre fiscales y jueces y repercute negativamente en la imagen de la actuación del Poder Judicial", recalcó el portavoz del CGPJ.

"Pataleta infantil e impropia"

Fuentes de la Fiscalía de la Audiencia Nacional han calificado hoy de "pataleta infantil e impropia" del tribunal la sentencia en la que se afirma que había prueba de cargo suficiente para condenar al portavoz de Batasuna Arnaldo Otegi por enaltecimiento del terrorismo.

Las fuentes consultadas han añadido que la resolución de los magistrados Fernando Bermúdez, Carmen González y Juan Francisco Martel "es fruto de que se juzga a las personas y no los hechos", y la compararon con la dictada en el caso del preso etarra Iñaki de Juana, al que se impuso una pena de 12 años y 7 meses de prisión que luego el Tribunal Supremo rebajó a tres años.

Para estas fuentes, la actuación del tribunal el pasado miércoles "resulta absolutamente anormal", ya que se constituyó en sala sin que el acusado hubiera llegado a la Audiencia Nacional y luego fue dictando varios autos aplazando el inicio de la vista, lo que calificaron de "teatro vergonzoso".

Tribunal "prevaricador"

Por su parte, fuentes jurídicas explicaron que ante una retirada de la acusación por parte de la Fiscalía, el tribunal sólo tiene dos vías de actuación posibles: la absolución o la aplicación del mencionado artículo 733.

En este sentido, destacaron que la sentencia dictada por la Sala que ha juzgado a Otegi supone admitir que "el propio tribunal es prevaricador" ya que deja impune la comisión de un delito que supone suficientemente probado.

Por ello -precisaron- si la Sala considera que la Fiscalía no ha cumplido adecuadamente con su función, como se desprende de la resolución hecha pública hoy, debería haber acusado al Ministerio Público de prevaricación para evitar incurrir el propio tribunal en este delito.

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