El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condena a España por realizar una transfusión de sangre a una testigo de Jehová
A pesar de la oposición expresa de la paciente y ante las consultas del personal médico, un juez autorizó la operación para salvarle la vida en 2018
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado este martes al Estado español por realizar una transfusión de sangre en contra de su voluntad ... a una paciente ecuatoriana miembro de los Testigos de Jehová. La corte paneuropea ha concluido por unanimidad que España violó el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos sobre el respeto a la vida privada, en línea con la libertad de conciencia y religión (artículo 9). El Estado español deberá pagar a la demandante, Rosa Edelmira Pindo Mulla, 12.000 euros por daños morales y 14.000 euros por las costas del juicio.
Los Testigos de Jehová son una organización religiosa fundada en Estados Unidos por el pastor adventista Charles Taze Russell, a partir del Movimiento de Estudiantes de la Biblia, como parte del resurgimiento de grupos milenaristas y evangélicos que se dio en aquel país en el último tercio del siglo XIX. Los Testigos de Jehová no aceptan recibir transfusiones de sangre por razones exclusivamente religiosas. Según explican ellos mismos, «tanto el Antiguo como el Nuevo Testamento nos mandan abstenernos de la sangre (Génesis 9:4; Levítico 17:10; Deuteronomio 12:23; Hechos 15:28, 29). Además, para Dios, la sangre representa la vida (Levítico 17:14). Así que los Testigos obedecemos el mandato bíblico de abstenernos de la sangre por respeto a Dios, quien nos dio la vida». Así pues, llegado el extremo, prefieren dejarse morir a recibir una transfusión.
En julio de 2017, tras una serie de exámenes médicos, se aconsejó a Rosa Edelmira Pindo que se operara. La mujer presentó una serie de documentos indicando su oposición a recibir sangre, subrayando que este rechazo se mantenía incluso si su vida estaba en peligro. El 6 de junio de 2018, la paciente fue hospitalizada en un centro de Soria, antes de ser trasladada a un hospital madrileño a causa de una hemorragia. Al conocer su religión, los anestesistas consultaron al juez de guardia, que autorizó las intervenciones médicas necesarias para salvarle la vida. Pindo Mulla fue entonces operada y recibió transfusiones de sangre.
La paciente presentó en marzo de 2020 una denuncia ante el tribunal con sede en Estrasburgo por el «paternalismo médico» de que asegura que fue víctima. En la vista celebrada en enero, su abogado, Petr Muzny, aseguró que los testigos de Jehová son «a menudo objeto de prejuicios» y defendió que la mujer había reiterado su deseo de una atención médica «conforme a su conciencia».
«Se ha hecho justicia y esto servirá para que se respeten los derechos de otras personas en el futuro», dijo en una declaración una «feliz» demandante, que dio «gracias a Dios». Por su parte, la abogada del Estado español, Heide-Elena Nicolás Martínez, insistió ante el TEDH en el contexto de «gran emergencia» en el que se tomó la decisión de realizar la operación.
En su sentencia, el TEDH subraya que la actuación médica se basó en «la preocupación primordial de garantizar un tratamiento eficaz» a la paciente a su cargo y no contesta que «ese día se salvara [su] vida». Sin embargo, los magistrados estiman que el proceso de toma de decisión «no garantizó un respeto suficiente de la autonomía de la demandante, (...) que deseaba ejercer» con arreglo a un importante precepto de su religión.
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