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JORDI ALEMANY

Así van a ser estas Navidades

EL CORREO

Lunes, 30 de noviembre 2020

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Principales medidas a aplicar hasta el 11 de enero

  1. 1

    Mantener los límites de movilidad nocturna entre las 22.00 y las 06:00 horas

-Se aplicará una excepción para las noches del 24 al 25 de diciembre y del 31 de diciembre al 1 de enero, posponiendo la hora de inicio de la limitación a la 01:30 de la noche.

  1. 2

    Mantener el confinamiento perimetral de Euskadi

-Este confinamiento se levantará, únicamente, entre los días 23 y 26 de diciembre y 30 de diciembre y 2 de enero.

  1. 3

    Levantar el confinamiento municipal, y mantenerlo dentro del propio Territorio Histórico

-El confinamiento dentro de cada Territorio Histórico se mantiene hasta el 23 de diciembre.

  1. 4

    Cuarto: mantener la agrupación de un máximo de seis personas

-Se aplicará la excepción acordada en el Consejo Interterritorial para que puedan reunirse diez personas en las celebraciones de los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero.

-Se recomienda que en estos encuentros se reúnan un máximo de dos unidades convivenciales y que estas personas no varíen en su composición en las diferentes celebraciones.

  1. 5

    Suspender los eventos festivos y navideños que impliquen aglomeraciones

-Desde el 21 de diciembre se aplicará la suspensión de eventos que impliquen aglomeraciones. Estos eventos son, por ejemplo, los grupos de canto en Nochebuena o víspera de Reyes; las fiestas en la calle con motivo de las campanadas; las celebraciones de Santo Tomás; las pruebas deportivas tipo «San Silvestre»; o cabalgatas u otros eventos en movimiento..

  1. 6

    Habilitar la apertura de la actividad hostelera y de restauración.

-El Decreto habilitará la reapertura de la actividad hostelera y de restauración en las localidades con Tasa de Incidencia Acumulada en 14 días inferior a 500 por 100.000 habitantes. Estos establecimientos podrán abrir sus terrazas al aire libre, con aforo total, y el servicio en su interior con un aforo máximo del 50%. Queda prohibido el consumo en barra o de pie. Las personas usuarias deberán realizar su consumición sentadas en torno a una mesa.

-En localidades con Tasa de Incidencia Acumulada superior a 500 no se permitirá la apertura hasta que la Tasa se sitúe por debajo de este umbral. Por resolución del Vice-consejero de Salud se divulgará los lunes y jueves una relación de los municipios que se sitúan con una Tasa de incidencia superior a 500 por 100.000 habitantes.

  1. 7

    Fijar el horario de cierre de la hostelería a las 20:00 horas.

El horario de cierre se mantiene a las 20:00 horas de la noche y no se podrá abrir antes de las 06:00 de la mañana. Se exceptúan los servicios pertenecientes a áreas de servicio.

Además, se desaconseja expresamente fumar en las terrazas de estos establecimientos y el uso de mascarilla será obligatorio permanentemente, salvo en el momento expreso de la ingesta de alimentos o bebidas. No utilizar correctamente la mascarilla en estos espacios es un comportamiento sancionable, del mismo modo que en la vía pública.

.

  1. 8

    Habilitar el entrenamiento de deporte federado en grupos de 6 personas.

-El nuevo Decreto permite los entrenamientos de deporte federado en grupos de 6 personas, el uso de vestuarios con una ocupación máxima del 30% y la utilización de duchas, siempre de modo individual.

-De acuerdo con la última recomendación de la Organización Mundial de la Salud, se exceptuará el uso de mascarilla en momentos de competición o actividad física intensa; pero se mantendrá en la práctica del deporte en recintos cerrados y también en entornos urbanos y de gran concurrencia.

  1. 9.

    Mantener el resto de restricciones en la actividad deportiva.

Deseamos poder habilitar una mayor flexibilización de las restricciones de la actividad deportiva tras el periodo posterior a las vacaciones de Navidad; siempre en consonancia con la situación epidémica.

  1. 10.

    Habilitar una regulación específica de visitas a las residencias de personas mayores para el período de las fiestas navideñas

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