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Una camarera solicita el pasaporte covid en la barra de un bar. Igor aizpuru

La Justicia anula la ampliación del pasaporte covid aplicada por Urkullu la pasada Navidad

El Tribunal Superior del País Vasco atiende un recurso presentado por un particular y considera ahora que aquella medida no estaba justificada

TERRY BASTERRA

Martes, 27 de septiembre 2022, 17:34

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La Justicia ha vuelto a fallar en contra de las normativas aprobadas por el Gobierno vasco para gestionar la pandemia. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha estimado el recurso de un particular, Joseba Andoni B. C., contra el decreto por el que el Ejecutivo de Urkullu amplió el pasado 14 de diciembre los usos del pasaporte covid. La sala de lo Contencioso-Administrativo considera ahora que aquella decisión no estuvo suficientemente justificada y que generó una afección no proporcionada a los derechos fundamentales de la población.

Aquella resolución del Gobierno vasco amplió la exigencia de disponer del certificado de vacunación para poder entrar en bares, gimnasios, hospitales, residencias, centros penitenciarios y eventos deportivos y culturales que se celebren bajo techo. Diez días antes, la medida había entrado en vigor para discotecas, pubs y restaurantes con capacidad para más de 50 comensales. El propio TSJPV avaló entonces la extensión de del pase covid solicitada por el Lakua, pero ahora atiende el recurso presentado por un ciudadano particular y anula aquel decreto.

El motivo por el que toma esta decisión es porque el TSJPV entiende que aquella decisión del Ejecutivo vasco no estaba suficientemente justificada. En este sentido, el fallo de la sala presidida por Luis Ángel Garrido analiza dos informes sanitarios «que, en gran medida, son contradictorios». Uno de ellos, elaborado por la dirección de Salud Pública de Euskadi y el otro por la Ponencia de Alertas. El Tribunal se ha decantado por este segundo al considerarlo «más completo, profundo y analítico».

En este informe de la ponencia del Ministerio de Sanidad ponía en cuestión la idoneidad de aplicar el pasaporte covid en aquel momento por tres motivos. El primero, «no hay evidencia de que esta medida tenga un efecto en la reducción de la transmisión del SARS-COV-2». El segundo, que este pase «no refleja el estado inmunitario al equipara estar vacunado con estar inmunizado y esto no se ajusta a la realidad«. Y el tercero, que dada la cobertura de vacunación en España, con tasas del 90%, la «ganancia» de personas que se vacunarán «no sería muy importante».

En base a estos argumentos la sala presidida por el juez Garrido considera que aquella ampliación del pasaporte covid en Euskadi «no tendría suficiente motivación», al haber más argumentos en contra que a favor. En cuanto a la afección que supuso el solicitar este pase para entrar a bares o en gimnasios a derechos fundamentales como el de igualdad e intimidad de las personas a las que se les solicitaba este pase covid, el TSJPV apunta que, aunque la incidencia sobre estos derechos «no fue profunda«, tampoco fue »proporcionada».

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