Cantabria exigirá el pasaporte covid durante 40 días

El certificado será solicitado no solo al interior de la hostelería y el ocio nocturno, sino a eventos culturales, citas multitudinarias y acontecimientos deportivos

pilar chato

Jueves, 9 de diciembre 2021, 12:51

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha autorizado por un periodo de cuarenta días la aplicación del pasaporte covid para todos los casos que planteó el Gobierno regional en su resolución del pasado viernes y que afectan no solo al interior de la hostelería y el ocio nocturno, sino a eventos culturales como cine, teatro, auditorios, circo de carpa y espacios similares; a citas multitudinarias, y para asistir de público a acontecimientos deportivos. Eso sí, el TSJC lo limita en el tiempo y establece que su entrada en vigor será desde las 00.00 horas del día siguiente a la publicación de esta autorización, algo que Sanidad puede hacer hoy mismo.

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El Gobierno regional decidió sorpresivamente implantar el pasaporte covid el martes pasado, cuando el Tribunal Supremo se pronunció a favor de este tras el recurso presentado por el Ejecutivo vasco. Los responsables de la Sanidad cántabra optaron por contar con el aval del TSJC antes de dar el paso, a pesar de que la decisión del Supremo despeja el camino para dar esa utilidad al documento, inicialmente creado para facilitar la movilidad de los ciudadanos en los países de la Unión Europea.

Ahora el TSJC reconoce que «sin la exigencia del certificado covid no sería factible flexibilizar las condiciones para el acceso a estos locales de alto riesgo por permitir el consumo de bebida o comida en su interior» y considera que se trata de una medida «adecuada, idónea, necesaria y proporcional». Ante la posibilidad de vulneración de derechos fundamentales como el de intimidad o de igualdad, considera que se trata de una «mera exhibición momentánea de la documentación en accesos voluntarios al interior de estos locales».

Asimismo, cree adecuada la medida por el hecho de que se incluyen lugares donde está permitida la venta y/o consumo de bebidas o comidas por el «mayor riesgo de trasmisión que esta situación genera en cuanto incompatible con el uso de la mascarilla». Y subrayan, en este sentido, que los lugares en los que se exigirá la exhibición del certificado covid «aluden a actividades no esenciales asociadas de alguna manera al ocio, es decir, a la voluntad del ciudadano que decide hacer uso de estas instalaciones».

Junto a ello, destacan el hecho de que «su imposición conlleva la mitigación de las medidas que rigen en este momento para todos ellos, en cuanto permite, en tales condiciones y en nivel de riesgo no controlado, un mayor aforo del actual». La resolución de Sanidad recogía que en función de la situación epidemiológica de cada ayuntamiento, si se aplicaba el pasaporte se podrían incrementar los aforos permitiendo hasta el 100% en los niveles 1 y 2 de riesgo, hasta el 75 % en el 3, y hasta el 50% en el 4.

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La Sala también alude a las «evidencias científicas que avalan el menor riesgo de infección entre vacunados que entre no vacunados, la menor transmisión en caso de contagio por lo que la medida ayuda a «conseguir el objetivo propuesto» e insiste en que es necesario dado que «no se conocen otras medidas más moderadas para lograr el objetivo propuesto con la misma eficacia».

«Precisamente, esta medida permite el aumento de aforos al tiempo de procurar no llegar al escenario de nuevas restricciones de derechos fundamentales mucho más intensas», añade el auto que insiste en que el pasaporte «cumple con la proporcionalidad en el sentido estricto», pues se trata de una «mera exhibición momentánea de la documentación en accesos voluntarios al interior de estos locales».

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La Consejería recordaba en su resolución del pasado viernes que se puede descargar el pasaporte en ( https://ccdcantabria.scsalud.es/), identificándose con el DNI o el número de la tarjeta sanitaria, la fecha de nacimiento y el número de teléfono móvil registrado en el Servicio Cántabro de Salud (SCS) para recibir un pin de confirmación. Sanidad apunta que la exhibición del certificado junto con la documentación identificativa de su titular solamente podrá ser solicitada en el momento del acceso y advierte a los establecimientos de que, en cualquier momento, las autoridades sanitarias podrán requerir la documentación para el acceso al local.

El pasaporte covid será válido en sus tres modalidades: el de vacunación; el de recuperación, que acredita haber pasado la enfermedad desde 11 a 180 días después de haber tenido PCR positiva, y el prueba negativa, que se dispensará a personas con prueba diagnóstica negativa 48 horas antes, si es test de antígenos, y 72 horas, si se trata de PCR.

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El certificado, a petición de cada persona, se emitirá en formato PDF con un código QR con los datos encriptados, que se puede imprimir en papel, o íntegramente digital, configurado para descargar en cualquier dispositivo móvil.

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