La práctica de actividades deportivas en espacios interiores deberá ser de máximo 4 personas
Las nuevas medidas para el deporte en Euskadi solo afectará a las localidades que tengan una incidencia por encima de 400
La práctica de actividades deportivas en Euskadi también va a sufrir cambios significativos en las localidades que superen una tasa de incidencia superior a los 400 casos por cada 100.000 habitantantes. En una modificiación del Decreto del Gobierno vasco relativo al deporte, se establece que «la práctica de toda actividad deportiva en espacios interiores (salvo la que afecte a entrenamientos y competiciones de equipos profesionales y federados) no deberá superar agrupaciones de 4 personas».
En estas localidades también se determina el cierre de vestuarios y duchas en todo tipo de instalaciones deportivas, salvo en las piscinas. En estas, se permite el uso de vestuarios con una ocupación del 35 por ciento de su aforo máximo, y la utilización de duchas, siempre que sea individual.