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FNAC tendrá que entregar móviles de 699 euros por 124 euros al ofertarlos «por error» en su página web

La empresa recibió cerca de 13.000 pedidos y alegó un fallo «tipográfico» para cancelar la compra y devolver el dinero

EL CORREO

Martes, 20 de abril 2021, 10:09

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado a FNAC a entregar a varios consumidores teléfonos móviles de 699,90 euros por 124,90 euros al ofertarlos así «por error» en su página web. El tribunal ha desestimado la demanda que presentó la empresa contra el laudo de la Junta Arbitral Nacional de Consumo, que establecía que la mercantil debía entregar a los reclamantes el modelo de teléfono móvil por el precio ofertado en su web.

El 27 de octubre de 2019 FNAC puso a la venta en su página web un terminal de la marca Huawei P30 por un importe de 124,90€ para sus socios y de 139,90€ para el público en general. Dichos productos fueron adquiridos por los reclamantes pero, posteriormente, y tras una primera confirmación de compra, les cancelaron el pedido alegando un error en la indicación del precio de venta del terminal, ya que su precio era de 699,90€.

Durante el periodo de tiempo que permaneció a la venta el móvil a ese precio se realizaron 12.911 pedidos online, que fueron cancelados todos ellos por la empresa francesa. Algunos usuarios reclamaron al establecimiento la entrega del móvil al precio ofertado en su página web. Al no obtener una respuesta satisfactoria, solicitaron un arbitraje de consumo, al que pueden acogerse los consumidores que tienen alguna incidencia con empresas que están adheridas de forma voluntaria.

En el procedimiento arbitral, FNAC alegó que se trataba de un «error tipográfico» y que rápidamente comunicaron dicho error, cancelando el pedido y devolviendo el dinero, y que la diferencia de precio era tan desproporcionada que cualquier consumidor medio podía entender que se trataba de un error.

En los fallos dictados por la Junta Arbitral Nacional de Consumo, el juez estimó que FNAC tenía que entregarles el terminal móvil al precio ofertado y, ante la falta de stock, uno de similares o superiores características sin que supusiera un incremento de precio. En cambio, otros organismos arbitrales y juzgados desestimaron las pretensiones de los consumidores afectados.

'En manos' del TSJM

FNAC demandó ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid la nulidad de las sentencias dictadas por la Junta Arbitral Nacional de Consumo, al entender que se estaba vulnerando el orden público, falta de imparcialidad e independencia y que no pudo hacer valer sus derechos en el procedimiento arbitral.

La Unión de Consumidores se opuso a estas cuestiones y defendió tanto la validez del laudo dictado a favor del consumidor como que FNAC debía cumplir la oferta comercial de su página web, aunque se tratara de un error en el precio, y no cancelar los pedidos tal y como hizo. Finalmente, el TSJ de Madrid establece en esta sentencia, contra la que no cabe recurso, que no existe motivo alguno para la anulación del laudo de la Junta Arbitral Nacional de Consumo, pues no se da ninguna de las causas establecidas legalmente, y confirma el laudo dictado, imponiendo las costas procesales a FNAC.

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