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Ayudas para los gastos escolares

En estas diez comunidades te puedes desgravar los gastos escolares

Desde el material o los libros de texto a las clases de refuerzo o los uniformes

M. F. Vallejo

Sábado, 23 de septiembre 2023, 16:16

Diez comunidades españolas aplican deducciones en la declaración de la renta por gastos escolares, con condiciones muy diferentes, según un informe que ha publicado la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU). Se trata de Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, Extremadura, Madrid y Murcia. En otras como el País Vasco, las becas a estudiantes que se conceden en relación a los ingresos económicos de las familias reservan partidas para cubrir algunos estos gastos.

La OCU recuerda a las familias que para desgravar es necesario «guardar todos los justificantes» de las compras. Esta organización de defensa de los derechos de los consumidores resalta que la factura del vuelta al cole en septiembre supone «una buena parte del presupuesto familiar» cada año, cerca de 2.189 euros por alumno, según el estudio que han llevado a cabo este curso.

Andalucía

Los contribuyentes andaluces pueden deducir el 15% de lo pagado por los gastos de enseñanza escolar o extraescolar de idiomas e informática, con un máximo de 150 euros anuales por cada descendiente. Para tener derecho a la deducción la suma de las bases imponibles general y del ahorro no puede superar los 80.000 euros si se presenta declaración individual ni los 100.000 euros en tributación conjunta.

Aragón

Permite aplicar una deducción por compra de material escolar y libros de texto en Primaria y Secundaria de acuerdo con unos límites de ingresos y si la familia es o no numerosa. Los contribuyentes que durante 2023 y en los cuatro siguientes residan en los asentamientos rurales con alto riesgo de despoblación incrementan la deducción en un 20%. Las ayudas incluyen algunas excepciones. La compra de tabletas, ordenadores, etc. usados en el aprendizaje escolar no se considera material escolar, salvo que el centro en que se cursen estudios haya optado por que el material curricular sea exclusivamente en formato digital. Si se han recibido ayudas o becas durante 2023, ya sea de la Comunidad Autónoma de Aragón o de cualquier otra Administración Pública, que cubran total o parcialmente los gastos por adquisición de libros de texto y material escolar, ese importe se reducirá de la deducción que corresponda.

Asturias

Los contribuyentes residentes en Asturias pueden deducir los importes de la compra de libros de texto de Primaria y Secundaria Obligatoria, y también las cantidades destinadas a la adquisición de material escolar para esos niveles educativos de hasta 150 euros -dentro de unos límites de ingresos y dependiendo del tipo de declaración-. De la deducción se descontará el importe de becas y ayudas (procedentes del Principado de Asturias o de cualquier otra Administración Pública) recibidas para cubrir total o parcialmente los gastos de adquisición de los libros de texto y material escolar.

Baleares

En Baleares se pueden deducir los gastos en libros de texto del segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Ciclos Formativos de Formación Profesional específica, con un máximo de 220 euros por hijo. Además, por cada hijo que haga estudios extraescolares de idiomas extranjeros se deduce el 15% de los gastos destinados a ese aprendizaje, con el límite de 110 euros por hijo. Las ayudas dependen de los ingresos familiares.

Canarias

Los contribuyentes podrán deducirse las cantidades pagadas en 2023 por la adquisición de material escolar, libros de texto, transporte y uniforme escolar, comedores escolares y refuerzo educativo, hasta un máximo de 120 euros, por el primer descendiente y de 60 euros adicionales por cada uno de los restantes, siempre que estén escolarizados en Educación Infantil, Primaria, Enseñanza Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional de Grado Medio. Esta deducción no se aplicará cuando el contribuyente haya obtenido rentas por importe superior a 42.900 euros y en el supuesto de tributación conjunta, cuando la unidad familiar haya obtenido rentas por importe superior a 57.200 euros.

Castilla-La Mancha

En Castilla La Mancha se puede deducir -si no se superan uno límites de ingresos familiares- lo pagado al comprar libros de texto, el 15% del coste de la enseñanza de idiomas como actividad extraescolar; las actividades relacionadas con el aprendizaje fuera de los centros educativos como refuerzo; los gastos de acceso a las nuevas tecnologías necesarios para las enseñanzas en las que estén matriculados pagados por la cuota de alta a internet y la cuota de línea del primer mes.

Comunidad Valenciana

Se pueden deducir 110 euros por cada hijo o menor acogido, escolarizado en Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria o en unidades de educación especial en un centro público o privado concertado cuando el contribuyente esté en situación de desempleo e inscrito como demandante de empleo en un servicio público.

Extremadura

Los contribuyentes podrán deducir 15 euros por la compra de material escolar, por cada descendiente a cargo en edad escolar obligatoria, pero con el límite de ingresos de 28.000 euros en declaración individual y 45.000 euros en conjunta para residentes en municipios con población inferior a 3.000 habitantes. Si se trata de de familias numerosas no se aplica ningún límite.

Madrid

Se pueden deducir el 5% de los gastos de adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar; el 15% de los gastos de enseñanza de idiomas y de gastos de escolaridad obligatoria. De la base de la deducción se debe restar el importe de las becas y ayudas obtenidas de la Comunidad de Madrid u otra Administración Pública, que cubran todos o parte de los gastos citados. La cantidad máximas será de entre 400 euros y 900 euros según si de deducen los gastos de escolaridad. En el caso de hijos escolarizados en el primer ciclo de educación infantil, esta cantidad máxima aumenta a 1.000 euros por cada uno de ellos.

Murcia

La adquisición de material escolar y libros de texto del segundo ciclo de educación Infantil, Primaria y Secundaria obligatoria da derecho a deducir 120 euros por cada descendiente. La deducción se reduce restándole el importe de las becas y ayudas públicas que cubran en todo o en parte los gastos por adquisición de material escolar o libros de texto.

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