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Javier Guillenea
Jueves, 22 de agosto 2024, 00:18
Juan Calparsoro sostiene que el cambio de sexo del ertzaina acusado de amenazar a su mujer en San Sebastián no va a suponer «una diferencia ... sustancial» en caso de que sea juzgado por violencia de género (de hombre a mujer) o por violencia doméstica (de mujer a mujer). «La pena máxima en ambos supuestos es la misma, lo único que ocurre es que la mínima es algo más baja. No estamos hablando de que en un caso haya prisión y en el otro vaya a la calle, esto no es así», asegura el fiscal jefe de la Audiencia Provincial de Gipuzkoa
- ¿Están investigando si ha habido fraude de ley?
- No. A nosotros en principio no nos consta. Si en el curso de la instrucción, del proceso penal que está incoado, se comprobase que hay datos para entender que este cambio de sexo por parte de la investigada haya podido realizarse en fraude de ley, la Fiscalía podría presentar una demanda para solicitar la nulidad de esa modificación, pero en este momento no hemos incoado como tal unas diligencias para investigarlo.
- ¿Cómo se puede saber si un cambio de sexo en el Registro Civil es un fraude de ley?
- Eso es muy difícil saberlo. Se trata de un acto del estado civil de las personas que uno puede ejercer. Es un derecho que la ley nos reconoce no solo en materia de cambio de sexo sino en todo lo que se relaciona con el estado civil de las personas. Si al ejercer este derecho se busca un fin contrario a los principios jurídicos, sí que se podría plantear una posible nulidad después de un proceso, aunque no es algo automático. Pero no se trata de algo fácil de probar. Puede haber muchos fines por los cuales una persona decide acogerse a la 'ley trans'.
- ¿Quién tiene que demostrar si una persona se siente hombre o mujer?
- La ley es reciente, pero en todo caso no nos corresponde a nosotros probar si alguien se siente o no mujer. Nos podría corresponder instar una nulidad si se considera que el Registro Civil ha sido utilizado con un fin contrario al ordenamiento jurídico, pero no creo que nos toque a nosotros indagar, ni al juez ni al encargado del Registro Civil en qué termino se siente la persona.
- La Fiscalía va a solicitar que el caso se tramite como violencia de género. ¿Con qué argumentos?
- Entendemos que antes de que esta mujer cambiara de sexo hay indicios de que ha podido haber también episodios de violencia cuando era hombre. En este caso los hechos anteriores serían de violencia de género y entendemos que la competencia de todos ellos la tendría que llevar el juzgado de violencia. Eso es lo que hemos pedido.
- ¿Podría darse el caso de que los hechos cometidos antes del cambio de sexo se traten como violencia de género y los que se cometieron después como violencia doméstica?
- Sí, pero también puede ocurrir que se juzgue como un delito continuado. Eso ya se verá. De todas maneras, hay que decir que en un caso o en otro el Código Penal castiga. Parece que se da mucha importancia al hecho de que pueda no ser violencia de género, pero es que es violencia doméstica y la diferencia es mínima. No es un caso que quede impune. La violencia doméstica también está castigada, también se protege a la víctima, lo que pasa es que es un tipo de protección de menos intensidad que si fuera violencia de género. Y la pena es algo menor, pero poco. No estamos hablando de diferencias sustanciales.
- ¿Pueden suponer ir a la cárcel o librarse de ella?
- No. En los casos de violencia de género, el que amenaza a su mujer o pareja será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año. Cuando no es violencia de género, de mujer a mujer, por ejemplo, es de tres meses a un año. La pena máxima es la misma, lo único es que la mínima es algo más baja. No estamos hablando de que en un caso hay prisión y en el otro va a la calle, esto no es así. El Código Penal, las leyes procesales y la Fiscalía protegen igualmente en casos de violencia domestica.
- ¿La Fiscalía va a acusar al agresor de amenazas o de intento de homicidio?
- No lo sé, veremos. De momento los hechos están calificados como amenazas, pero todo se tiene que confirmar.
- Si este caso se trata como violencia de mujer a mujer, la agresora tiene la fuerza de un hombre pese a ser legalmente mujer. ¿Esto es relevante?
- No modifica nada. Lo que importa es que tenga la condición legal de mujer, sin perjuicio de la fuerza física que tenga la presunta agresora.
- ¿Qué derechos pierde la víctima si el caso no va por la vía de la violencia de género?
- La víctima tiene derechos igualmente. La diferencia está en que, en los casos de violencia de género, la ley prevé una serie de derechos añadidos que no tendría una víctima de violencia doméstica, pero no son tampoco los más importantes. La protección de la libertad, la seguridad o la vida es igual en cualquier caso.
- ¿De qué derechos estamos hablando?
- Estamos hablando de derechos de tipo económico, de tipo prestacional, algún tipo de temas de vivienda, pero que no son automáticos. Tampoco a todas las víctimas de violencia de género se les reconocen esos derechos. Esto suele ocurrir en casos de necesidad, pero a una víctima de violencia doméstica igualmente se le reconocen sus derechos, no es que vaya a quedar desprotegida. El estatuto de la víctima en el proceso penal reconoce a todas las víctimas una serie de derechos que son exactamente iguales.
- ¿Si los hechos no se califican como violencia de género esto daría pie a que la 'ley trans' sea utilizada para saltar por encima de la ley de violencia de género?
- No creo. El Código Penal y las leyes procesales protegen igualmente al resto de víctimas de violencia no de género. Si alguien busca saltarse la ley no tiene ningún sentido porque no creo que haya unas diferencias tan sustanciales que justifiquen un cambio de sexo para obtener algún tipo de beneficio.
- Es que hay abogados que dicen que ahora basta con cambiar de sexo para que la ley de violencia de género deje de existir.
- Pero existe el resto de leyes, existe el delito de violencia doméstica, esos delitos de violencia intrafamiliar no desaparecen, siguen existiendo. En ese sentido no hay cambios.
- ¿Qué beneficios judiciales puede conseguir un hombre al declararse mujer?
- No veo ningún beneficio. Los derechos de todos son exactamente iguales.
- ¿La Fiscalía se está encontrando con muchos problemas con la 'ley trans'?
- De momento ninguno. La 'ley trans' no está dando ningún problema, al menos hasta ahora. Incluso en este caso actual no es ningún problema. Aquí se ha adoptado la medida que se ha adoptado, pero no porque sea hombre o mujer. Si hubiese sido hombre se habría actuado exactamente igual. El cambio de sexo no ha determinado ninguna decisión distinta.
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