El Constitucional tumba las restricciones de la 'ley antipandemia' de Urkullu
Una sentencia unánime estima el recurso de Vox al entender que la norma aprobada por PNV, PSE y Podemos entró a regular derechos fundamentales
Las medidas que el Gobierno vasco adoptó para tratar de contener el avance del covid siguen recibiendo varapalos judiciales años después del fin de la ... emergencia sanitaria y tras el cambio de inquilino en Ajuria Enea. El Tribunal Constitucional ha tumbado ahora varios artículos destacados de la 'ley antipandemia' que el Gabinete de Iñigo Urkullu impulsó en 2021. La corte de garantía estima el recurso presentado por Vox y sostiene que la norma autonómica entró a regular derechos fundamentales, algo que en España sólo puede hacerse mediante una ley orgánica aprobada por el Congreso.
La sentencia del Constitucional, adoptada por unanimidad, es la puntilla a la sucesión de reveses legales que el Gobierno vasco viene afrontando desde que estalló la pandemia en 2020. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), con el juez Luis Ángel Garrido como punta de lanza, anuló hasta en una decena de ocasiones las decisiones que Lakua fue tomando, como las restricciones de movilidad una vez finalizado el estado de alarma o el cierre de los locales de hostelería. Una situación que llevó a Urkullu a preparar una norma 'ad hoc' en busca de seguridad jurídica.
La herramienta por la que optó fue la llamada Ley de Medidas para la Gestión de la Pandemia de Covid-19, una norma que buscaba regular las medidas a adoptar según la situación epidémica. Se tramitó de urgencia en el Parlamento vasco como una proposición de ley de PNV y PSE-EE, un mecanismo que evita la elaboración de informes jurídicos obligatorios en el caso de los proyectos de ley –los que presenta el Gobierno– y que acorta los plazos de forma considerable. Contó también con el apoyo de Elkarrekin Podemos-IU, que pactó algunos artículos, mientras que EH Bildu, PP+Cs y Vox se posicionaron en contra.
Ya entonces la formación de extrema derecha anunció su intención de recurrir el texto al Constitucional, una vía que podía usar al contar con más de 50 escaños en el Congreso. Ahora, cuatro años más tarde, la corte de garantías le da la razón al tumbar los artículos impugnados. Incluso va más allá y extiende la anulación a otros preceptos que no habían sido objeto del recurso. El fallo, cuya ponente ha sido la progresista María Luisa Segoviano, censura que el Parlamento vasco entrara a regular cuestiones que afectan a los derechos a la integridad física, a la intimidad y a la libertad personales, y a la circulación.
Vacunación obligatoria
Esa consideración anula en consecuencia todo el contenido de la norma relativo «medidas de aislamiento, cuarentena y confinamiento», a «restricciones a la movilidad nocturna o dentro del territorio de Euskadi» y a «limitaciones de las reuniones sociales y a la permanencia de grupos de personas». Éstas eran algunas de las decisiones que la norma autorizaba en caso de que los contagios y la presión asistencial se dispararan, siempre y cuando estuviera activa la declaración de emergencia sanitaria.
El tribunal presidido por Cándido Conde-Pumpido también desecha las consecuencias para quienes no se sometieran a pruebas diagnósticas (los llamados test covid) o a la vacunación. De hecho, el Constitucional ya había suspendido en 2022 la exigencia de inoculación prevista en la ley al atender un recurso presentado por el Gobierno de Pedro Sánchez. En aquel auto, el TC argumentaba que la vacunación obligatoria «puede comportar perjuicios de difícil reparación impuestos contra la voluntad del ciudadano».
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