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Imagen del Constitucional. EFE
El Constitucional da la razón a Euskadi al concederle la gestión de la ayuda de 426 euros por desempleo

El Constitucional da la razón a Euskadi al concederle la gestión de la ayuda de 426 euros por desempleo

El Tribunal entiende que esta subvención a parados de larga duración, en vías de desaparición, invade competencias autonómicas

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Miércoles, 10 de enero 2018

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El Tribunal Constitucional (TC) anuló este miércoles el Programa de Activación por Desempleo (PAE) que establece una prestación para parados de larga duración con cargas familiares y sin ingresos laborales de 426 euros y que está en vía de desaparición para ser fusionado con otras ayudas para desempleados. El Tribunal da la razón al Gobierno vasco al entender que la subvención invade competencias autonómicas.

El Constitucional ha dado la razón al Gobierno vasco y ha anulado el programa por invadir competencias autonómicas, ya que es el Servicio de Empleo Público Estatal el que se encarga de la financiación, gestión y pago de esta ayuda, además del reconocimiento o denegación de la misma. Esta sentencia se suma a la dictada el pasado verano también por el Constitucional y por el mismo motivo contra el plan Prepara, que establece una prestación de hasta 450 euros para parados de larga duración.

El PAE nació en 2014 en La Moncloa, fruto de un acuerdo entre el Gobierno y los agentes sociales y su última prórroga finaliza el próximo mes de abril. El año pasado, el Congreso de los Diputados aprobó la prórroga y modificación del PAE para facilitar el acceso a un mayor número de desempleados, en torno a 210.000 personas más, según aseguró la ministra de Empleo, Fátima Báñez.

Entre otras cosas, se redujo de 6 a 1 mes el plazo para solicitarlo tras haber agotado otras prestaciones, al tiempo que acortó de 360 a 270 días el plazo de inscripción como demandante de empleo, dentro de los 18 meses anteriores a la solicitud de incorporación. El Ministerio de Empleo lleva meses trabajando con los interlocutores sociales en la mesa del plan de choque para el empleo, para revisar y unificar las distintas prestaciones para desempleados: Prepara, PAE y la renta activa de inserción (RAI).

El Gobierno quiere tener listo para mayo un modelo que simplifique los distintos programas, para darles coherencia, adecuarlos al marco competencial y a la doctrina del Constitucional, y mejorar la eficacia de la cobertura existente. En el caso del Prepara, la sentencia del Constitucional tuvo lugar justo en un momento en el que el plan había dejado de prorrogarse de forma automática al bajar el nivel de paro del 18%.

Recurso del Gobierno vasco

El Gobierno vasco recurrió esta ayuda de 426 euros por considerar que invadía las competencias autonómicas, dado que a su criterio, la gestión de esas ayudas debe recaer en el servicio vasco de empleo (Lanbide), pues las políticas activas de empleo fueron transferidas a Euskadi en 2010.

El abogado del Estado adujo en defensa de la competencia para el Estado central que la citada ayuda «es una prestación por desempleo en el ámbito del título competencial de gestión económica de la Seguridad Social». Pero el Constitucional considera que la ayuda económica controvertida encaja en el concepto de legislación laboral y su naturaleza es la de una subvención de fomento del empleo y de inserción laboral, algo que es competencia vasca.

Retorno al mercado laboral

«En contra de lo afirmado por el abogado del Estado, nos encontramos ante unas medidas que intentan incentivar la contratación de desempleados de larga duración en condiciones especialmente vulnerables, a través de acciones de políticas activas de empleo que faciliten su retorno al mercado laboral», dice el Constitucional.

Así las cosas, el TC recuerda que el Estado debe desarrollar la legislación básica en esta materia, pero «no puede ignorar que la competencia para la ejecución de las normas dictadas en virtud de la competencia estatal sobre las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica corresponde, en principio, a las Comunidades Autónomas».

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