La Audiencia de Madrid avala imputar a la asistente «privada» de Begoña Gómez
Reprocha a Peinado la falta de motivación en la resolución sobre Cristina Álvarez, pero respalda los indicios sobre la actividad de la investigada en favor de la esposa de Sánchez
La Audiencia Provincial de Madrid ha avalado la condición de investigada decretada por el juez Juan Carlos Peinado de la empleada eventual de Moncloa Cristina ... Álvarez, quien hiciera de asistente de la agenda privada de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno. La decisión del tribunal que analiza los recursos de la causa se conoce después de que el instructor pidiera el pasado martes al Tribunal Supremo que abriera una procedimiento contra el ministro de Justicia, Félix Bolaños. Le atribuye delitos de falso testimonio y malversación de caudales públicos por la contratación precisamente de Álvarez en junio de 2018 y la ausencia de supervisión sobre sus labores particulares en favor de Begoña Gómez en la Universidad Complutense.
En una resolución fechada el pasado 12 de junio, los tres magistrados de la Sala estiman parte del recurso de la investigada, en tanto en cuanto declaran nula su declaración como testigo y reprochan a Peinado la falta de motivación para citarla luego como imputada. Sin embargo, en líneas generales respaldan los indicios que se han ido acumulando en la instrucción de esta línea de investigación del 'caso Begoña Gómez'. En concreto, aprecian una «clara desviación» de funciones de la empleada de Moncloa en beneficio de «intereses privados» de la esposa de Pedro Sánchez.
Con todo, la Audiencia sostiene que, aunque Álvarez no hubiese podido cometer un delito de malversación como «funcionario ilícitamente destinado a cubrir necesidades o utilidades privadas de su superior», su «connivencia o anuencia con esa conducta» podría ser constitutiva de un delito de tráfico de influencias. Del mismo modo, indican que «la investigación tendrá que centrarse en si se sobrepasó en el desempeño de las funciones públicas que le fueron encomendadas para favorecer el plan delictivo de la investigada en el delito de tráfico de influencias, mediante la desviación de medios públicos puestos indebidamente al servicio de intereses estrictamente privados».
Otro dato más a considerar, añade la Sala, «es el de la amistad previa siendo la razón de su nombramiento en el cargo de máxima confianza». Ello «podría suponer una desviación de recursos públicos en favor de intereses privados y, lo que es más importante, ofrecidos dentro de una estructura institucionalizada de poder que sirve para reforzar una indudable influencia como es la Presidencia del Gobierno».
También ven indicios en el hecho de que Álvarez contactara con Reale Seguros «solicitando directamente la continuidad como entidad patrocinadora del máster (de la Universidad Complutense), lo que parece excede claramente sus funciones».
Tráfico de llamadas
En otra resolución, la Audiencia de Madrid desestima los recursos de Álvarez y de la Fiscalía, a los que se había adherido la defensa de Begoña Gómez, contra la orden de Peinado de obtener el registro de llamadas realizadas y recibidas con el número de teléfono que facilitó la asesora en su declaración testifical o «cualquier otro que tuviera asignado profesionalmente» desde su nombramiento hasta la actualidad.
En concreto, el instructor Peinado pedía localizar las llamadas con «teléfonos vinculados» a las empresas del también investigado Juan Carlos Barrabés, a la Universidad Complutense y su personal, al Instituto de Empresa, al IE-África Center, a la OMT, a Indra, a Google, a la Fundación Manpower, a Arsys Internet, a Telefónica, a la Fundación Caixa, a Reale o a «cualquier otra entidad mercantil que patrocinara los máster o cátedras» en los que participó Begoña Gómez.
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