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José Ibarrola

Tribunales en la encrucijada

Los profesionales de la Justicia en Euskadi tienen tareas que abordar en relación con la mejor protección de los derechos lingüísticos

Viernes, 3 de noviembre 2023, 00:01

Mi abuelo Miguel Acarregui, 'Miel Handixe', nunca supo si el traductor que le puso el tribunal que le juzgó en San Sebastián en 1939 decía ... en castellano lo que él declaraba en su defensa, previa acreditación de su desconocimiento de otra lengua que no fuera el euskera. Así ocurrió con él y otras muchas personas para quienes la protección del derecho a la tutela judicial efectiva era puro sarcasmo.

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Eran otras circunstancias y otros tiempos que poco tienen que ver, afortunadamente, con los actuales. Con todo, casi 90 años después, seguimos sin poder contar con un juicio que se desarrolle en euskera, ni en Donostia ni en ningún otro lugar.

El Parlamento vasco aprobó hace más de 40 años la Ley 10/ 1982 de 24 de noviembre, Básica de Normalización del Uso del Euskera. Es un texto breve como lo son muchos de los textos legales de mirada larga: una formulación clara de los principios, objetivos y ejes estratégicos encaminados a la progresiva normalización del uso del euskera. ¿Qué sentido cabe atribuir en esta ley al concepto 'normalización'? Se ha desdeñado e incluso ridiculizado su significado; pero, más allá del prejuicio semántico, es evidente que, de las dos lenguas oficiales, el castellano goza de una extraordinaria buena salud -si se me permite la licencia- y el euskera, nuestra lengua propia, no 'circula' en la sociedad vasca de manera 'normal'.

Por recordar solo tres fundamentos de la ley, especialmente los que quedan afectados por las recientes sentencias judiciales, el euskera es oficial junto con el castellano, pero no podrá comportar menoscabo de los derechos de quienes no lo utilicen; los poderes públicos proveerán la lengua que establezcan las partes de mutuo acuerdo en los expedientes con intervención de más de una persona y, en ausencia de acuerdo, decidirá quien haya promovido el expediente, sin perjuicio de los derechos de todas las partes; los actos y comunicaciones administrativas de los poderes públicos sitos en la Comunidad Autónoma del País Vasco deberán ser bilingües, salvo que las personas privadas interesadas exijan ser atendidas en una sola de las lenguas oficiales. No obstante, los poderes públicos podrán hacer uso exclusivo del euskera para el ámbito de la Administración local cuando, en razón de la determinación sociolingüística del municipio, no se perjudiquen los derechos de los ciudadanos. Y, en este sentido, la Ley 2/ 2016 de las Instituciones Locales de Euskadi sigue la estela de la progresividad en la normalización del uso del euskera.

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Tiene para mí todo el sentido que reconocer la oficialidad al euskera y al castellano implique el uso de uno y/u otro en las actuaciones de las entidades locales, siempre que no se retroceda en el proceso de normalización de la lengua minoritaria y que no se erosionen los derechos de ningún miembro de la entidad local. De hecho, no conozco de nadie que haya visto violentado su derecho subjetivo a causa del uso prioritario del euskera que suponga un desequilibrio injustificado y desproporcionado del uso del castellano, según señalamiento preventivo del Tribunal Constitucional hace pocos meses. Corresponden a otro apartado, y así deben ser consideradas, las denuncias de aquellos colectivos que tratan de involucrar a la Justicia en problemas de índole política. Por lo tanto, es tiempo de visualizar los avances, analizar las dificultades y estudiar -y responder- desde esa perspectiva a las disposiciones de los tribunales.

No soy partidaria de las palabras gruesas ni de los discursos incendiarios que resultan prácticos para reforzar las posiciones extremas pero estériles para encontrar soluciones. Creo que quienes administran la Justicia deben interpretar las normas cuidando más que ningún otro colectivo la pedagogía en sus declaraciones y sentencias y conciliando la equidad con una mirada especialmente sensible a las situaciones de mayor vulnerabilidad. Nos lo deben porque sus opiniones son premios o castigos que la ciudadanía tenemos que acatar.

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¿Es aceptable aspirar a la normalización progresiva del uso del euskera? Si lo es, ¿qué otra cosa se puede hacer que avanzar en los ámbitos de uso -también en el judicial- a la vez que se respetan los derechos subjetivos? ¿Es un disparate pensar en la posibilidad de unos tribunales-piloto capaces de desarrollar juicios exclusivamente en euskera, a petición, y evaluar después el resultado?

Creo que los tribunales vascos, los profesionales de la Justicia, tienen tareas que abordar en relación a la mejor protección de los derechos lingüísticos. Es la encrucijada que deben resolver: o seguir judicializando las cuestiones políticas o contribuir, desde su alta responsabilidad, a la normalización democrática y progresiva del uso del euskera.

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