Encrucijada independentista
Puigdemont está obligado a decidir mucho antes del 1 de octubre si quiere la ruptura inmediata con el Estado o se atiene a la ley
Martes, 1 de agosto 2017, 00:50
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El Constitucional resolvió ayer la suspensión cautelar de la reforma del reglamento del Parlamento catalán que, en su artículo 135.2, posibilitaría la tramitación exprés de normas secesionistas. En previsión de lo cual Junts pel Sí y la CUP registraron horas antes la proposición de ley para la convocatoria del referéndum independentista que pretenden celebrar el 1 de octubre. Tras la resolución del tribunal que vela por la Carta Magna, esta iniciativa parlamentaria tendría que tramitarse por el cauce ordinario de toma en consideración, enmiendas parciales y votaciones a su articulado. Aunque, previamente, la iniciativa está sujeta a su calificación por parte de la Mesa del Parlamento y a su valoración en la Junta de Portavoces; incluida la posibilidad de que, por petición expresa o en el desempeño de sus funciones, los servicios jurídicos de la Cámara emitan un informe de legalidad y/o lo haga el Consejo de Garantías Estatutarias en el momento en que se conozca el contenido de la proposición. Los proponentes saben que la convocatoria de referéndum vulnera las previsiones de la Constitución y del Estatuto de Autonomía. Lo saben los integrantes del órgano de gobierno del legislativo catalán y cada uno de los electos que se sientan en sus escaños. Su inconstitucionalidad ha sido advertida por el TC de manera taxativa y reiterada, de modo que no resultaría ilegal solo la norma que eventualmente saliera aprobada de la Cámara catalana convocando al 1-O, sino que lo sería también cada uno de los actos parlamentarios que contribuyan a su tramitación, una vez la proposición fue ayer registrada. El propio acto del registro podría ser objeto de impugnación, y sin duda lo serían las decisiones formales que hipotéticamente adopte la Mesa del Parlamento propiciando el trámite de toma en consideración. A no ser que el independentismo opte por desoír la resolución de ayer del TC y, azuzado por sus propias contradicciones, acelere la aprobación de la convocatoria referendaria en un par de semanas, adelantando la fecha de la ruptura y desconexión de facto de las instituciones de la Generalitat respecto al Estado constitucional. Aunque puede que la disposición mostrada por Puigdemont ante medios de otros países a inmolarse frente a la legalidad no se corresponda con lo que se respira en el resto del independentismo institucional.
La Agencia Tributaria publicó ayer el Informe de Recaudación 2016 y de él se desprende una reducción del 3,8% de lo ingresado por el Gobierno de Mariano Rajoy con respecto a lo previsto en los Presupuestos. La caída ha sido de 7.271 millones y las razones del descenso deberían ser aleccionadoras para futuros ejercicios. La desviación se ha registrado sobre todo en el IRPF. Así, la caída del 4% en este impuesto se ha debido a que no se produjo el repunte de los salarios del 1,4% que se esperaba y a que han bajado con anómala intensidad las ganancias patrimoniales. La recaudación del impuesto de sociedades creció un 5% gracias, sobre todo, a medidas sobre los pagos fraccionados que suponían la aplicación de tipos incrementados y la exigencia de un pago mínimo a las grandes empresas, y la del IVA aumentó un 4,2% por el crecimiento del consumo. El mal comportamiento del IRPF confirma que el incremento no se ha trasladado a las rentas del trabajo, cuya participación en el PIB es notablemente inferior a la anterior a la crisis. Esta situación, debida en parte a una reforma laboral que ha debilitado la negociación social, debería ser remediada no solo por razones económicas, sino también de equidad.
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