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Cristina Ortiz
Lunes, 27 de enero 2025, 13:20
Miranda puede mantener el IBI diferenciado por usos que implantó en 2022. El Tribunal Supremo no ha admitido a trámite el recurso de casación interpuesto por FAE contra la sentencia dictada el 20 de noviembre de 2023 por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de ... Castilla y León. En ese fallo, la sección segunda de la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ rechazaba el recurso interpuesto por FAE, José Manuel Novoa Barrón y Polynt Composites contra el acuerdo del pleno municipal de diciembre de 2021 en el que se aprobó una ordenanza fiscal en la que el IBI pasaba a tener un tipo aplicable en función del uso del inmueble sobre el que repercutía.
Ahora el Supremo inadmite a trámite el recurso porque, según han explicado desde el Ayuntamiento, «no se fundamenta suficientemente que concurren alguno o algunos de los presupuestos que permiten apreciar el interés casacional objetivo» y «por la carencia del referido interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia».
En definitiva, no se dan los requisitos legales para que el Tribunal Supremo dicte sentencia y forme jurisprudencia. Y es que el recurso de casación es extraordinario y únicamente previsto para aquellos supuestos en los que exista ese interés objetivo para formar jurisprudencia.
Además de no aceptar a trámite la petición y poner fin al procedimiento, ya que no caben más recursos, el TS impone costas a los recurrentes hasta un límite de 1.000 euros.
El recurso contra la Ordenanza Fiscal del IBI de 2022 se planteó contra los tipos diferenciados para los bienes inmuebles de naturaleza urbana según usos. En aquel momento se estableció el pago por usos excluyendo el residencial (el tipo general del IBI, que afecta en su mayoría alas viviendas, se disminuyó pasando de 0,56 a 0,55).
Concretamente, para las naves de actividad industrial, con un valor catastral superior a los 400.000 euros se fijó un tipo del 1%; el mismo que para las oficinas valoradas en más de 166.339. Para los locales comerciales con una tasación por encima de los 200.000 se estableció el 0,90% y el 0,80% para los almacenes y espacios de estacionamiento que en catastro superen los 100.000 euros.
La sentencia del TSJ decía que debía tenerse en cuenta que, «por un lado, se procede a la reducción de tipo general aplicable a bienes inmuebles de naturaleza urbana del 0,56 al 0,55%, y el nuevo tipo previsto para el uso industrial del 1% se encuentra dentro de los límites máximos y mínimos establecidos en el artículo 74.1 de la Ley del TRLRHL (Ley de Haciendas Locales)».
Además,proseguía que el Ayuntamiento, dentro de las potestades que la Ley le otorga, realizó la modificación del IBI conforme a derecho y justificando que no se excedía de los límites de los umbrales económicos para cada tipo de uso de bienes.
En cuanto a la parte del recurso que indicaba que no había estudio económico, manifestó la sentencia que en el expediente administrativo del Ayuntamiento estaba debidamente justificada la modificación realizada al amparo de los documentos de asignación de usos realizados por la Dirección General del Catastro así como su valoración.
El presidente de FAE Miranda, Eduardo Araguzo, ha lamentado la decisión porque tiene claro que ese tipo de medidas «restan competitividad a las empresas de la ciudad » y que lo sean es fundamental para estar en todos los mercados, incluidos los más preeminentes, y tener personal lo más cualificado y mejor pagado posible. Y para eso, incrementar impuestos, entiende que no es lo más adecuado. Además de considerar que, en este caso , la línea seguida para aumentar la recaudación municipal es «errónea».
Para FAE Miranda hay que empezar a «pensar más en ahorrar costes, porque tenemos muy complicado subir los ingresos. Está bien tomar medidas para atraer empresas, pero no podemos maltratar a las que hay. No se tiene en cuenta si les va bien o mal, sólo el valor catastral de sus instalaciones». Una afirmación que refrendaba Araguzo con un ejemplo muy claro, como es que «el valor catastral de Montefibre y Rottneros es bastante alto pero están cerradas».
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