El juzgado rechaza que Miranda tenga que ayudar a mantener el colegio de Rivabellosa
El Consistorio de Ribera Baja pedía 52.000 euros por los más de 40 alumnos de la ciudad inscritos en 2015 y 2016
Más de 52.000 euros reclamaba el Ayuntamiento de Ribera Baja al de Miranda en concepto de mantenimiento de las instalaciones del colegio público Unamunzaga ... de Rivabellosa durante los ejercicios 2015 y 2016. El motivo: a ese centro acuden niños y niñas con domicilio en la ciudad y, por tanto, desde ese Consistorio alavés se entendía que debían contribuir proporcionalmente al sostenimiento del centro, al igual que lo hacían otros municipios cuyos residentes estudian allí.
'Factura' que Miranda se negó a pagar y que acabó en los tribunales, que han dado la razón a la administración local mirandesa. La sentencia dictada por la sala número dos del Contencioso-Administrativo de Vitoria recoge que la petición de la localidad alavesa «carece de sustento legal y reglamentario», además de que tampoco hay ninguna «norma convencional que sirva de soporte a la misma».
Y es que el Ayuntamiento de Ribera Baja, de manera unilateral, elaboró un convenio que trasladó al Consistorio mirandés para su firma. Un texto que marcaba el compromiso de la ciudad de contribuir al mantenimiento de ese colegio y que desde la ciudad se rechazó.
Para empezar porque un convenio siempre es de suscripción voluntaria, en ningún caso obligatoria; y también porque Miranda cuenta con suficientes colegios para atender a su población escolar. «Las familias que deciden llevar a sus hijos a Rivabellosa lo hacen atendiendo a circunstancias personales y que nada tienen que ver con el Ayuntamiento de Miranda», explicaron fuentes municipales.
Inicialmente, la gestión y el mantenimiento del colegio se gestionaba a través de una Junta Intermunicipal creada a finales de los años 60 por la Diputación Foral de Álava y de la que formaban parte -además de Rivabellosa- Armiñón, Berantevilla, Lantarón, Zambrana y Labastida, que no tenían colegios y enviaban a Unamunzaga a sus alumnos.
Pero ese organismo quedó disuelto a mediados de 2017 y Ribera Baja pasó a asumir la instalación. Entonces lo hizo firmando convenios de colaboración con los municipios anteriormente citados, para repartir el gasto total entre los estudiantes aportados por cada uno.
Una medida que se trató de hacer extensiva a otras localidades con niños y niñas matriculados en el centro de Rivabellosa. El texto se remitió a Miranda, pero también a Santa Gadea, Bugedo o Treviño. Evidentemente, el Consistorio mirandés rechazó firmar ese convenio remitido por Ribera Baja; pero aún así éste remitió las facturas por los gastos derivados de dos cursos.
Eran 23.923 euros de 2015, por 41 alumnos en el primero y segundo cuatrimestre y 46 del tercero; y 28.206 euros de 2016, por 46 estudiantes de los dos primeros cuatrimestres y 42 del último.
Esta liquidación se aprobó a través de dos decretos de Alcaldía firmados en Ribera Baja en octubre de 2017. Documentos que el Consistorio de Miranda pidió que se anularan, algo que el Ayuntamiento alavés rechazó hacer y que llevó a la ciudad a recurrir a la vía Contencioso-Administrativa, que le ha dado la razón.
El texto del convenio también se trasladó a Santa Gadea, Bugedo y Treviño
otros municipios
Ausencia de norma
Y es que la sentencia reconoce que «no existe norma» que obligue a pagar» a Miranda las cantidades giradas como parte proporcional en función de los alumnos que aportan al centro; pese a que desde Ribera Baja entiendan que se produce «un enriquecimiento injusto» por parte del Ayuntamiento mirandés, que «ve incrementado su patrimonio al no pagar la cantidad que se le reclama, a costa del patrimonio y correlativo empobrecimiento del de Ribera Baja que ha satisfecho la misma cuando no le corresponde».
Pero la sentencia recuerda que, al no haber pertenecido el Consistorio de Miranda a la junta intermunicipal que anteriormente se encargaba del mantenimiento del centro, «no existe fundamento normativo alguno que le imponga el deber de colaborar en los gastos de conservación del colegio» por la asistencia de niños y niñas de su término municipal.
En ese sentido deja claro que «el único fundamento» al que podría agarrarse Ribera Baja es a la «firma de un convenio que vinculase a ambos municipios». Pero esa firma «nunca se ha producido». La administración mirandesa nunca ha dado «consentimiento de ningún tipo, ni expreso, ni tácito».
De ahí que el tribunal concluya que la reclamación de pago por la conservación y mantenimiento del colegio Unamunzaga además de carecer «de sustento legal y reglamentario», también «adolece de la ausencia de norma convencional que sirva de soporte».
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