La OCU aclara la polémica sobre la harina de gusano
La propia Comisión Europea se ha visto obligada a desmentir los bulos sobre este nuevo alimento
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha salido al paso de un bulo relacionado con la obligatoriedad de «incluir harina de gusanos en los alimentos sin que lo sepamos los consumidores». La bola de nieve se ha hecho tan grande que hasta la propia Comisión Europea se ha obligado a desmentirlo.
El consumo alimentario de estos pequeños animales es una cuestión candente. «Indudablemente, tienen propiedades nutritivas, llegan a ser una buena fuente de proteínas que además tiene un bajo impacto ecológico y se trata de una solución económica, con lo que desde hay interés en fomentar la industria del aprovechamiento de productos derivados de insectos para diversos usos, también el consumo como alimentos», explica la organización en un comunicado.
¿Cómo se explica entonces que la Unión Europea haya aprobado el consumo de estos productos? Con controles rigurosos. Según las normas, cualquier alimento que no se haya consumido en la Unión Europea de forma significativa a partir de 1997, debe ser considerado como «Novel Food» (Nuevo alimento). Esto supone que, para poder comercializarse, deben pasar unos estrictos controles y validaciones por parte de la EFSA, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria. Y tras esos estudios, es la propia EFSA quien establece las condiciones de uso, los requisitos del etiquetado, y su posterior seguimiento tras la comercialización«, arguye la OCU.
Entre estos nuevos alimentos se encuentran los insectos. Desde el 2018, la UE ha aprobado el uso de determinados insectos, como el gusano de la harina (Tenebrio molitor), la langosta migratoria, el grillo doméstico o las larvas del escarabajo del estiércol.
Tal y como explica la entidad en un comunicado «aunque ya hace varios años que se autorizó para consumo humano el gusano de la harina, ahora se ha publicado el Reglamento UE 2025/89 que autoriza la comercialización de polvo tratado con radiación ultravioleta de larvas de Tenebrio molitor». A partir de ahora esa harina es uno más de los ingredientes que se pueden vender en la Unión Europea.
No te la pueden «colar»
Así, el bulo que se había viralizado sobre «colar» harina de gusanos en los alimentos sin que lo sepamos queda desmontado. El ingrediente autorizado aparecerá en la etiqueta como «Polvo tratado con radiación ultravioleta de larvas de Tenebrio molitor (gusano de la harina)» y deben avisar de que puede causar reacciones alérgicas.