La ventaja fiscal para aplicar una deducción de 1.500 euros en la próxima declaración de la renta
Ciertos contribuyentes puede desgravar algunas cantidades económicas ante la Agencia Tributaria
El próximo 2 de abril comenzará la campaña de la declaración de la renta en España por el ejercicio 2024. Es importante para los contribuyentes de la Agencia Tributaria tener claro las posibles deducciones fiscales a aplicar en su declaración para beneficio de su bolsillo.
Una de las más habituales es la de desgravar el plan de pensiones. El límite de aportaciones lo marcará la menor de las siguientes cantidades: 1.500 euros anuales o el resultado de aplicar el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio. En caso de que se supere el límite de desgravación, existe la posibilidad de trasladar el exceso a la declaración del IRPF de los cinco ejercicios siguientes.
Hay que tener en cuenta que no se trata de una deducción al uso como en los casos de la compra de una vivienda, sino de una reducción directa de la base imponible del IRPF. De esta manera, el dinero que se ingresa en el plan se reduce del total del capital a declarar para calcular el IRPF anual. Al disminuir la base imponible, se reducen los impuestos a pagar.
En el caso de los autónomos, el límite aumenta hasta 5.750 euros, siempre que aportes a un Plan de Pensiones de Empleo Simplificado. Y en el caso de que se cuente con un plan de pensiones de empresa, vuelve a subir el máximo hasta 10.000 euros. Asimismo, si la pareja tiene un plan de pensiones y sus ingresos no superan los 8.000 euros, se le podrá aportar hasta 1.000 euros.
¿Y en Bizkaia? El límite fiscal de reducción en la base imponible por aportaciones EPSV o planes de pensiones es de 5.000 euros. Las contribuciones empresariales se benefician de una reducción de 8.000 euros y en caso de coincidir con aportaciones individuales, el límite conjunto es de 12.000. Es posible lograr una reducción adicional de 2.400 euros por aportaciones a sistemas del cónyuge o pareja de hecho si ésta obtiene rentas inferiores a 8.000 euros.