Los tres tipos de contrato que tendrá la nueva reforma laboral

El paquete de reformas enviado a Bruselas reduce las modalidades de contratación a «estables», «temporales», y «de formación»

Lunes, 19 de abril 2021, 02:16

El Gobierno de Pedro Sánchez ya ha enviado a Bruselas el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Un documento donde se recogen las principales reformas que España debe hacer a cambio de los 72.000 millones de euros en ayudas que el fondo de recuperación europeo le reserva. Una de ellas es la del mercado laboral, que contempla la simplificación de contratos en tres modalidades: estables, temporales y de formación.

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Según se explica en el documento, el buen funcionamiento del mercado laboral es «clave» para que las medidas incluidas en el plan «impulsen la productividad y el crecimiento potencial en el largo plazo» y ayuden a crear empleo «de calidad». A través de un programa «coherente» de reformas, el Gobierno pretende «reducir la temporalidad, el desempleo estructural y el desempleo juvenil» hasta llegar a la media europea mediante un «nuevo modelo laboral».

Ese escenario, descrito de forma bastante genérica, incluye tres tipos de contratos de trabajo: «uno 'estable' para el conjunto de las actividades, otro 'temporal' para las que tengan esa naturaleza, y uno 'de formación' para la inserción, en particular, en el mercado laboral». La idea es «promover la estabilidad en el empleo», asegurando que los contratos temporales «responden a la naturaleza del trabajo».

Las actuales modalidades de contratación

En la actualidad son cuatro las modalidades de contratación: la indefinida, la temporal, para la formación y aprendizaje; y de prácticas. Cada una de ellas contiene sus propios subtipos. Por ejemplo, los contratos indefinidos pueden ser ordinarios, parciales, o fijos discontinuos. También existen contratos de interinidad, de obra o servicio, de relevo, etc. Casi nueve de cada diez contratos que se firman en España tiene fecha de caducidad.

Además, el plan prevé la creación de un «mecanismo permanente» para la formación y recualificación de trabajadores en procesos de ajuste empresarial: ya sea tanto de carácter transitorio (ante caídas de demanda significativas) como estructural (ante procesos de reconversión sectorial que exijan la adaptación de los trabajadores o la transición hacia otro tipo de trabajos o sectores).

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Tomando como base la experiencia de los ERTEs, «aplicado con éxito durante la crisis del COVID-19», se quiere disponer de «un instrumento permanente de ajuste interno de las empresas», alternativo a la alta temporalidad y al desempleo. Ese mecanismo debe actuar «como amortiguador de la extremada volatilidad del mercado de trabajo español», y orientado «a la formación y recualificación de los trabajadores (reskilling y upskilling). De esta manera se pretende asegurar «un marco macroeconómico más estable» y aumentar el capital humano «y, con ello, el crecimiento potencial».

Además, el paquete de reformas prevé «la modernización de las políticas activas de empleo», así como «la simplificación y racionalización de los incentivos a la contratación» de acuerdo con el análisis de la autoridad fiscal independiente (AIReF).

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