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La ayuda de 480 euros del SEPE que puedes solicitar si no cobras el paro

El subsidio por cotizaciones insuficientes protege a los trabajadores en paro con carencias económicas que no han cotizado lo suficiente para percibir la prestación por desempleo

Jueves, 21 de septiembre 2023, 00:17

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La prestación por desempleo protege a los trabajadores que han cotizado al menos durante 360 días y se han quedado sin trabajo. Pero, ¿qué ocurre cuando no se ha cotizado el tiempo reglamentario y, por lo tanto, no hay derecho a cobrar el paro? Para estos casos el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) contempla una ayuda.

Se trata del subsidio por cotizaciones insuficientes, cuya duración dependerá del número de meses trabajados y de si la persona beneficiaria tiene o no responsabilidades familiares.

Su cuantía equivale el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), fijado para este 2023 en 600 euros mensuales. Por tanto, el subsidio asciende a 480 euros. Se trata de la misma cantidad destinada a otras ayudas para personas en situación económica precaria y que han agotado su prestación por desempleo.

Requisitos

-Estar en paro y en situación legal de desempleo.

-Estar inscrito como demandante de empleo y mantener la inscripción durante todo el periodo de percepción de la ayuda. Además, se ha de suscribir el acuerdo de actividad (comprometerse a buscar empleo, no rechazar una oferta de empleo adecuada, etc.)

-Haber cotizado por desempleo durante al menos 3 meses cuando se tienen responsabilidades familiares, y 6 meses si no las hay. Y, en todo caso, no llegar a los 360 días. Si se alcanza esa cifra, la persona tendría derecho a una prestación contributiva.

-No percibir rentas de cualquier tipo superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias), que este año alcanza los 1.080 euros mensuales.

Duración

Si se tiene responsabilidades familiares el subsidio durará 3, 4 o 5 meses en función de si se ha cotizado durante esos mismos números de meses.

Se cobrará durante 21 meses si el periodo de cotización es igual o superior a 6 meses. En este supuesto el derecho se reconocerá por seis meses, y se podrá prorrogar por periodos de la misma duración hasta el final del cobro.

Si no se tienen responsabilidades familiares la ayuda se cobrará durante seis meses, siempre que haya cotizado como mínimo ese mismo número de meses.

En el caso de personas trabajadoras fijas discontinuas, la duración del subsidio será igual al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud.

El pago de la ayuda, de 480 euros mensuales, se realizará por mensualidades de 30 días entre los días 10 y 15 del mes siguiente al que corresponda el abono.

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