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El importante aviso de la Seguridad Social a las familias numerosas

Deben presentar el título renovado en la página web del ente público para acceder a prestaciones y ayudas

jorge murcia

Viernes, 27 de enero 2023, 00:25

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Las familias numerosas pueden beneficiarse de una serie de prestaciones o ayudas de la Seguridad Social o de los distintos niveles de la Administración Pública local. Sin embargo, es necesario acreditarse como tal ante la entidad correspondiente.

El canal de atención a la ciudadanía en Twitter del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones informa de cómo presentar el título de familia numerosa renovado para así poder acceder a estos beneficios. La forma más rápida es utilizar el portal web del ente público. El certificado electrónico o Cl@ve permanente son dos de las vías de acceso. Si no se dispone de ningún sistema de identificación electrónica, se pueden realizar los trámites, de forma igualmente segura, a través de la plataforma 'Solicitud y Trámites de Prestaciones de la Seguridad Social'.

Para renovar la condición de familia numerosa, o para acreditarla por primera vez, hay que seleccionar la opción 'Familia' de entre todas las opciones incluidas en la web. Más abajo tendremos que elegir el tipo de trámite. En este caso pulsaremos el botón 'Variación de datos', que da acceso a la pantalla donde actualizar los datos referidos a cuentas bancarias, domicilios, o situaciones personales, económicas o familiares.

El primer paso es descargar y rellenar el formulario correspondiente. La Seguridad Social recomienda cumplimentarlo de forma electrónica (se puede rellenar sin necesidad de imprimirlo) y guardarlo en el dispositivo (ordenador, tableta, móvil) para posteriormente adjuntarlo en el envío. En ese archivo, en formato PDF, se incluyen tanto las instrucciones para rellenarlo como la documentación que se debe aportar.

Requisito imprescindible para acceder a ayudas

La acreditación como familia numerosa es requisito imprescindible para acceder, por ejemplo, a la prestación que concede la Seguridad Social por nacimiento o adopción de hijo. Se trata de una prestación económica de pago único que asciende a 1.000 euros, siempre que los ingresos de la persona beneficiaria no rebasen cierto límite.

Hay muchas más ayudas prestadas por las comunidades autónomas, diputaciones o ayuntamientos que consisten en bonificaciones en servicios o actividades relacionadas con la educación, transporte, vivienda, ocio y cultura.

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