La ayuda de la Seguridad Social para el cuidado de bebés de entre 9 y 13 meses

Los padres trabajadores tienen derecho a un permiso retribuido cuando reduzcan su jornada laboral en al menos media hora

Miércoles, 22 de febrero 2023, 00:13

Los padres con niños en edad lactante tienen derecho a un permiso retribuido que les permite ausentarse media hora de sus puestos de trabajo. Se trata de la 'Prestación de corresponsabilidad del cuidado del lactante', un subsidio que desde marzo de 2019 protege la reducción de la jornada laboral en media hora para cuidar de los hijos desde los 9 a los 13 meses de edad.

Publicidad

Para beneficiarse de esta ayuda ambos progenitores -que pueden ser adoptantes, guardadores con fines de adopción o acogedores de carácter permanente- deben trabajar y reducir su jornada laboral en media hora «con la misma duración y régimen», según indica la Seguridad Social.

Beneficiarios

Todas las personas trabajadoras del Régimen General de la Seguridad Social, lo que también incluye a los regímenes especiales de empleadas del hogar, agrario y de la minería del carbón. No pueden disfrutar del permiso los funcionarios públicos.

Requisitos

Estar en alta o situación asimilada al alta en el momento de solicitar la reducción de jornada. También se exigen determinados periodos de cotización en función de la edad de los progenitores, excepto sin son menores de 21 años.

Si tienen entre 21 y 26 años de edad deberán haber cotizado al menos 90 días en los 7 años anteriores al hecho causante (la reducción de jornada), o 180 a lo largo de toda su vida profesional.

Para las personas trabajadoras mayores de 26 años se exige un mínimo de 180 días cotizados en los 7 años anteriores al hecho causante, o 360 días durante toda la carrera laboral.

Publicidad

Eso sí, cuando ambos progenitores reúnan las condiciones para cobrar la prestación, sólo uno de ellos tendrá derecho a precibirla.

Cuantía

La prestación económica consiste en un susbidio que se paga diariamente, y que equivale al 100% de la base reguladora establecida para la prestación por incapacidad temporal por contingencias comunes, y en proporción a la reducción de la jornada de trabajo: base de cotización del mes anterior, o las de los tres meses anteriores en el caso de contratos a tiempo parcial.

Forma de disfrute de la prestación

El inicio de la reducción de jornada puede comenzar entre que el lactante tiene nueve meses hasta los doce. El tiempo que dure este periodo deberá ser el mismo para ambos progenitores, «coincidiendo todos los días».

Publicidad

La reducción debe ser diaria y no se puede acumular semanalmente. Por lo tanto, una persona que trabaja 40 horas semanales -en cinco días- verá rebajada su semana laboral en un mínimo de 2 horas y media.

El progenitor puede reducir su jornada en el tiempo que desee, pero el Instituto Nacional de la Seguridad Social sólo abonará la de media hora.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Accede todo un mes por solo 0,99€

Publicidad