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El SEPE publica los requisitos para que mayores de 52 años desempleados opten a una ayuda

Para cobrar este subsidio es necesario cumplir una serie de condiciones

EL CORREO

Sábado, 20 de noviembre 2021, 00:31

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La percepción del subsidio para mayores de 52 años está sujeta a una serie de condiciones. El SEPE ha publicado los requisitos para que estas personas desempleadas puedan optar a una ayuda.

La ayuda, de hasta 460 euros al mes, está orientada a aquellas personas que han acumulado la cotización mínima para recibir una pensión contributiva de jubilación a lo largo de su carrera.

Para ello, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) establece unos requisitos.

-Tener 52 años o más y no exceder de la edad legal de jubilación.

-Estar en paro y tener la condición de desempleado (inscribiéndose como demandante de empleo).

-Tener 15 años cotizados, al menos dos de ellos durante los 15 años previos a solicitar la ayuda, y haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años en el Régimen General.

-Estar apuntado al paro durante al menos un mes antes de presentar la solicitud y tras haber agotado toda prestación por desempleo a la que se tuviera derecho.

-Carecer de rentas e ingresos superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Esta cantidad es 723,75 euros al mes.

Al margen del requisito de rentas, para cobrar el subsidio es necesario estar en desempleo y no ser trabajador fijo discontinuo. Además, la persona beneficiaria debe estar inscrita como demandante de empleo durante un mes desde el momento en que agote la prestación por desempleo que estaba percibiendo. O desde la fecha de la inscripción como demandante de empleo si se accede al subsidio por ser emigrante retornado, liberado de prisión o por revisión de una incapacidad laboral. No puede haber rechazado durante ese mes ninguna oferta de colocación adecuada, ni haberse negado a participar -salvo causa justificada- en acciones de promoción, formación o reconversión profesional. También hay que cumplir el compromiso de actividad incluido en la solicitud del subsidio.

Documentación

En cuanto a la documentación a aportar, es la siguiente:

-Un modelo oficial de solicitud

-Identificación de la persona solicitante, de su cónyuge y de los hijos o hijas que convivan o estén a su cargo y que aparezcan en la solicitud. En el caso de los españoles basta con el DNI o pasaporte en el caso de los españoles. Las personas extranjeras residentes en España deberán aportar, si pertenecen a algún país de la Unión Europea, el certificado de registro de ciudadano de la Unión, en el que consta el NIE, junto con el pasaporte o documento identificativo en su país de origen. Los extranjeros residentes en España originarios de países fuera de la UE tienen que presentar su Tarjeta de Identidad de Extranjería (TIE), en la que consta el NIE y el pasaporte.

-Cualquier documento bancario en el que figure el número de cuenta de la que sea titular y donde desee percibir la prestación.

-Libro de Familia o documento equivalente en el caso de las personas extranjeras.

-Certificado de empresa que acredite la situación legal de empleo (en caso de que no haya sido enviado por la empresa al SEPE).

-Justificante de las rentas, siempre que lo solicite el SEPE.

La solicitud del subsidio se presentará en el plazo de 15 días hábiles, que empiezan a contar a partir del día siguiente a la situación legal de desempleo. Existen cuatro maneras de hacerlo:

-A través de la sede electrónica.

-En la oficina de prestaciones, previa cita en la sede electrónica del SEPE o a través del número de teléfono 912738384.

-En cualquier oficina de registro público.

-Por correo administrativo.

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