La razón por la que el SEPE quitará el subsidio a los desempleados que cumplan 65 años
El organismo explica el motivo por el que se retira a algunos perceptores esta ayuda de mayores de 52 años
El subsidio de mayores de 52 años del SEPE nació con la finalidad de dar un respaldo económico a aquellos trabajadores que se quedan sin trabajo cuando están relativamente cerca de jubilarse. Tanto por la ayuda económica como por la aportación en las cotizaciones a la Seguridad Social por parte del Servicio Público de Empleo Estatal. Por ello, el organismo estatal informa al detalle de lo que deben tener en cuenta los beneficiarios, que deben tener en cuenta varios requisitos a cumplir.
Una de ellas, la más lógica, es la edad. Tener más de 52 años. Sin embargo, hay un detalle que a algunos se les escapa y por el que luego se llevan un buen susto. Se trata de una prestación que exige cumplir todos los requisitos para jubilarse salvo la edad, por lo que solo tiene cabida hasta que ya se pueda solicitar la pensión contributiva. ¿Qué significa eso? Que cuando se llega a esa edad, el SEPE procede a retirar de forma automática la ayuda. Sin aviso o notificación alguna.
Es importante tener en cuenta, tal y como indica el SEPE, que 'pasar' del subsidio a la jubilación es un trámite que no es automático. Cada beneficiario tiene la obligación de acudir al Instituto Nacional de la Seguridad Social para comenzar la jubilación y cobrar así la prestación correspondiente.
En 2025, dependiendo de las cotizaciones, la edad ordinaria de jubilación son 65 años o bien 66 y 8 meses. El SEPE, cuando la persona accede a la prestación, certifica que se cumplen todos los requisitos para jubilarse salvo haber cumplido la edad ordinaria. Desde ese momento, al organismo le consta cuándo podría jubilarse. Cuando se cumple esa edad, se procede a extinguir el subsidio. El desempleado deberá tramitar en el INSSS la jubilación correspondiente desde que puede solicitarla.
Edad de jubilación
Con la llegada de 2025, los trabajadores que quieran jubilarse con el 100% de la pensión tendrán que haber cumplido 66 años y ocho meses, dos más que los establecidos en 2024, en el caso de haber cotizado menos de 38 años y tres meses. Si han cotizado a la Seguridad Social más, podrán retirarse antes, a los 65 años.
El Servicio Público de Empleo Estatal busca con el subsidio de mayores de 52 años dar una salida a aquellas personas desempleadas en un momento crítico de su vida laboral. En resumen, deben de haberse quedado sin empleo superando esa edad, pero sin haber alcanzado la mínima para jubilarse a pesar de contar todos los requisitos para ello. El problema es que la subida progresiva de esta condición hace que también se vean afectados los perceptores, tal y como ha pasado en 2025 y volverá a suceder en 2026.
Es necesario que el solicitante tenga 15 años cotizados, dos de ellos dentro de los últimos quince años, y haber cotizado al desempleo al menos durante seis años en su vida laboral. Otro de los principales requisitos es no percibir ingresos por encima del 75% del salario mínimo al mes, sin tener en cuenta las pagas extras. El solicitante debe de haber agotado el paro o el subsidio ordinario por agotamiento de prestación y permanecer dado de alta en todo momento como demandante de empleo.
La ayuda se encuentra fijada actualmente en los 480 euros (80% del IPREM), un ingreso que se prolonga hasta que el perceptor pueda jubilarse, siempre y cuando no supere el máximo de ingresos permitido, que se sitúan en 888 euros mensuales con la última subida del SMI. La principal diferencia con subsidio por agotamiento de la prestación contributiva o el de cotizaciones insuficientes es que, en este caso, el SEPE aporta a la base de cotización por jubilación el 125% sobre el Salario Mínimo Interprofesional.
También sus beneficiarios tienen la obligación de presentar el DAR (Declaración Anual de Rentas) ante el SEPE cuando se cumpla un año desde la aprobación o la última ampliación concedida.
Requisitos para acceder al subsidio para mayores de 52 años
-Estar apuntado al desempleo.
-No tener la condición de persona trabajadora fija discontinua.
-Tener 52 años o más en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio
-Haber agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo.
-Tener 15 años cotizados y dos de ellos dentro de los últimos quince años.
-Haber cotizado al desempleo al menos durante seis años en su vida laboral.