¿Pueden cobrar el paro del SEPE los trabajadores fijos discontinuos?

El Servicio Público de Empleo Estatal aclara la situación de este tipo de empleados

Viernes, 22 de marzo 2024, 17:38

A pesar de que la mayoría de trabajadores por cuenta ajena cuentan con un contrato fijo al uso, existe un porcentaje de empleados que cuentan con una relación laboral de tipo fijo discontinua. Según ha enumerado la propia Yolanda Díaz hace tan solo unos días, el Ministerio de Trabajo tenía contabilizadas en el cuarto trimestre del 2023 un total de 651.500 personas empleadas con este tipo de vinculación, lo que equivale a un 3% de los 18 millones de asalariados en activo.

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Es un contrato que permite a las empresas disponer a los trabajadores en los periodos que precisen, ya que se mantiene vigente a pesar de los periodos de inactividad. Y en las temporadas en las que su incorporación es necesario, se puede conseguir de manera inmediata avisando simplemente al trabajador con cierto margen.

Se trata de un tipo de contratación pensado principalmente para sectores como la hostelería y el campo, afectados especialmente por la estacionalidad. Y hay una pregunta lógica que asalta a estos trabajadores. ¿Puedo percibir prestaciones por desempleo si soy una persona trabajadora fija discontinua? Según explica el Servicio Público de Empleo Estatal «si eres una persona trabajadora fija discontinua sí podrás cobrar la prestación por desempleo cuando dejes de trabajar, en los periodos de inactividad productiva entre campañas». Eso sí, se deben cumplir los requisitos habituales que se exigen para poder cobrar el paro.

Hay que tener en cuenta que «si percibes la prestación por desempleo por ser una persona trabajadora fija discontinua, una vez que se reinicie la actividad, si se trabaja a tiempo parcial, no se podrá compatibilizar la prestación y el trabajo a tiempo parcial». «Cuando esta misma relación laboral fuese determinante para haber accedido a la prestación. En tal caso, la prestación se suspenderá», matiza el SEPE.

Reanudación y cuantía

Asimismo, aclara que «las personas trabajadoras fijas discontinuas podrán tener derecho al subsidio por desempleo para personas mayores de 52 años cuando el hecho causante del mismo se produzca a partir del 2 de marzo de 2022». Fue la fecha en la que Trabajo reconoció a este colectivo dicho cobro. Se trata de un subsidio con una gran ventaja frente al resto: permite cotizar para la jubilación y se prolonga en el tiempo hasta alcanzar la pensión, en caso de ser necesario.

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Al finalizar la campaña de trabajo, cabe la opción de elegir entre reanudar el paro donde lo dejó la anterior campaña o solicitarlo de nuevo de cero. Si se opta por la primera opción, no debe haberse extinguido si la duración del trabajo fue inferior a 360 días. El cálculo de la cuantía se realiza sumando las bases de cotización de los seis meses anteriores al periodo de inactividad. Durante los primeros 180 días se puede cobrar el 70% de la base resultando, que se rebaja al 60% a partir del día 181 y hasta que se agote.

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