La cantidad que percibirán en 2022 los pensionistas que no lleguen al mínimo de años cotizados

La pensión de jubilación no contributiva depende del número de beneficiarios que convivan en un hogar, pero no podrá ser inferior a 1.474 euros anuales

Sábado, 9 de abril 2022, 00:23

Para acceder a una pensión contributiva de jubilación se exige un mínimo de 15 años de cotización a la Seguridad Social. Además, 2 de esos años deberán estar comprendidos dentro de los 15 inmediatamente anteriores al momento de causar derecho a la pensión, o a la fecha en la que cesó la obligación de cotizar.

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Si embargo, aquellas personas que no llegan a ese mínimo, o incluso las que no hayan cotizado nunca, tienen derecho a cobrar una pensión de jubilación en su modalidad no contributiva. El Estado tiene la obligación legal de asegurar a todos los ciudadanos mayores de 65 años «y en estado de necesidad» una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica y servicios sociales complementarios.

Requisitos

Pueden beneficiarse de este tipo de pensión los ciudadanos españoles y nacionales de otros países, con residencia legal en España, que cumplen los siguientes requisitos:

-Carecer de ingresos suficientes: Situación que se produce cuando las rentas o ingresos personales de la persona son inferiores a una determinada cantidad. Este año 2022 está fijada en 5.988,60 euros anuales.

No obstante, si dichas rentas son inferiores a esa cuantía y se convive con familiares, sólo se cumplirá el requisito cuando la suma de los ingresos de todos los miembros de la unidad de convivencia estén por debajo de una determinada cantidad en función del número de convivientes.

a) Convivencia sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado: 10.029,32 euros si son 2 convivientes; 14.159,04 euros (3 convivientes) y 18.288,76 euros (cuatro convivientes).

b) En caso de que entre los parientes consanguíneos con los que se convive se encuentre alguno de sus padres o hijos: 25.073,30 euros al año (2 convivientes); 35.397,60 euros (3 convivientes) y 45.721,90 euros (4 convivientes).

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-Tener 65 o más años.

-Residir en territorio español, y haberlo hecho durante diez años en el periodo que media entre la fecha de cumplimiento de los 16 años y la de devengo de la pensión. Dos de esos años han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a las fecha de solicitud.

Cuantía

La cuantía individual se establece en función del número de beneficiarios de pensión no contributiva integrados en la misma unidad económica de convivencia, de los ingresos personales y/o los de las personas la integran.

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En ningún caso puede ser inferior a los 1.474 euros anuales, que se corresponde con el 25% del importe íntegro para 2022, establecido en 5899,60 euros anuales abonados en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias (421,40 euros mensuales).

Incompatibilidades

Esta prestación es incompatible con la pensión no contributiva de invalidez, con las pensiones asistenciales, y con los subsidios de garantía de ingresos mínimos y por ayuda de tercera persona, así como con la condición causante de la asignación familiar por hijo a cargo mayor de 18 años y con discapacidad igual o superior al 65%.

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