El complemento a la pensión de hasta 112 euros al mes para las mujeres jubiladas

Pueden percibirlo las mujeres, pero también los hombres, cuya carrera laboral se haya visto afectada por tener hijos

Lunes, 7 de febrero 2022, 00:13

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones sustituyó el año pasado el antiguo complemento de maternidad por otro nuevo vinculado además a la paternidad, y que tiene como objetivo reducir la brecha de género que hoy día se produce en las pensiones. Esta prestación adicional, cuya cuantía puede alcanzar hasta los 112 euros al mes, está dirigida a las personas que acrediten un perjuicio en su carrera profesional en los periodos posteriores a tener hijo.

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Una situación que, de acuerdo con los datos de las carreras laborales analizados por la Seguridad Social, ha afectado de manera abrumadora las mujeres. Por eso, aunque también pueden solicitarlo los padres que hayan visto perjudicada su carrera profesional, el complemento está pensado fundamentalmente para compensar a las mujeres, que son las que más sufren en su vida laboral el impacto de tener descendencia.

La anterior ayuda sólo podían cobrarla las madres a partir del segundo hijo, pero el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó en 2019 que también deberían poder disfrutarla los padres que cumplieran con los requisitos legales.

Esta prestación complementa las pensiones contributivas de viudedad, jubilación -salvo la parcial- o incapacidad permanente reconocidas a partir del 4 de febrero de 2021, y se tramita junto con la solicitud de la pensión en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Una de las novedades del actual complemento respecto al anterior es que también se reconocerá en casos de jubilación anticipada voluntaria.

Cuantía de 392 euros anuales por hijo

La cuantía se fija del complemento se fija cada año en la correspondiente ley de presupuestos generales del Estado. Este 2022 la cuantía pasa de los 378 euros anuales por hijo hasta los 392 euros, dividida en 14 pagas -12 ordinarias y 2 extraordinarias en junio y noviembre- y hasta un máximo de cuatro descendientes.

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Por ejemplo, una mujer con un hijo tendrá derecho a ver complementada su pensión en 28 euros al mes; con dos hijos tendrá 56 euros más, y así sucesivamente hasta los cuatro descendientes, por los que se cobrarán 112 euros mensuales. El complemento se actualizará de acuerdo con la revalorización de las pensiones. También se podrán beneficiar de esta prestación suplementaria las personas que perciban la pensión máxima.

Hay una serie de supuestos en los que no se reconocerá el derecho a este complemento. Por ejemplo, cuando el padre o la madre haya sido privada de la patria potestad «por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial». Tampoco podrán acceder a esta prestación el padre que haya sido condenado por ejercer la violencia contra la mujer, o cualquiera de ambos si lo han hecho sobre los hijos.

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Requisitos para los hombres

Para poder percibirlo, los hombres deben reunir unos requisitos. En el supuesto de descendientes nacidos o adoptados hasta el 31 de diciembre de 1994, deberán demostrar tener más de 120 días sin cotización entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores a esa fecha. O, en caso de adopción, entre la fecha de la resolución judicial por la que se constituya y los tres años siguientes. Siempre, eso sí, que la suma de las cuantías de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de las que les corresponda a la mujer.

Si tiene hijos nacidos o adoptados desde el 1 de enero de 1995, que la suma de las bases de cotización de los 24 meses siguientes al nacimiento o adopción sea inferior, en más de un 15%, a la de los 24 meses inmediatamente posteriores.

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El complemento es incompatible con cualquier otro tipo de prestación suplementaria, y puede pedirse cuando los dos progenitores son hombres, siempre que cumplan los requisitos. Se le reconocerá al que perciba pensiones públicas cuya suma sea de menor cuantía.

El derecho al reconocimiento de esta prestación complementaria se mantendrá mientras la brecha de género de las pensiones de jubilación -causadas en el año anterior- supere el 5%. El pasado año, cuando fue presentado el rediseño del complemento de maternidad, alcanzaba el 30%.

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