Así te afectarán los cambios que sufrirá el sistema de pensiones en 2022
Con la llegada del año nuevo entran en vigor una serie de novedades que afectan tanto a la cuantía de las que ya se están cobrando como a las condiciones que de acceso a la jubilación
iratxe bernal
Sábado, 8 de enero 2022, 23:49
Con la llegada del año nuevo entran en vigor una serie de novedades en el sistema público de pensiones que afectan tanto a la cuantía de las que ya se están cobrando como a las condiciones de acceso a la jubilación que deben cumplir quienes apuran ya su carrera laboral.
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Actualización según el IPC
En diciembre quedó aprobada la Ley de garantía del poder adquisitivo de las pensiones, que, entre otras medidas, deroga del Índice de Revalorización de las Pensiones (IRP) introducido por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2013. Esto quiere decir que de nuevo la actualización de las cuantías que cobran los titulares de una pensión contributiva vuelve a estar ligada la evolución del IPC. Así, cada 1 de enero, las pensiones se incrementarán (o mantendrán, en caso de que la inflación registre valores negativos) según el PIC medio de los doce meses anteriores. Concretamente, entre diciembre de un año y noviembre del siguiente. En la práctica esto supone la subida de las pensiones para 2022 en el 2,5%.
Con la aplicación de este incremento, la pensión media del sistema se incrementará en 25,9 euros mensuales pasando de los 1.038,49 euros a los 1.064,45 por catorce pagas. Por su parte, la media de jubilación subirá 29,87 euros al mes, con lo que se situará en 1.224,81 euros frente a los 1.194,94 de este año.
Hay que citar una excepción, quienes cobren la pensión contributiva mínima tendrán un alza del 3%. Esta subida quedó establecida en los Presupuestos Generales de Estado y es aplicable también a las no contributivas y el Ingreso Mínimo Vital.
La última 'paguilla'
También debido al cambio en la fórmula de revalorización de las pensiones, los pensionistas cobrarán a mediados de este mes la última 'paguilla', que les compensará por haber obtenido en 2021 una subida de su pensión basada en una estimación del IPC que finalmente estuvo por debajo de la media registrada. Como la inflación prevista para 2021 era del 0,9% pero los precios en realidad escalaron hasta el 2,5%, la Seguridad Social les paga ahora los 1,6 puntos de diferencia. Esto supone cobrar, como media, 232,54 euros (16,61 por cada una de las catorce pagas).
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Nuevos requisitos para obtener una pensión pública de jubilación
Durante este ejercicio continuarán implementándose los cambios en el acceso a la jubilación establecidos en la reforma aprobada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero en 2011 y que comenzó a aplicarse de forma progresiva en 2013. Según el calendario fijado entonces, este año toca trabajar dos meses más que el año pasado o tener tres meses más de cotización. Esto quiere decir que desde este mes para jubilarse a los 65 sin que nos apliquen ningún coeficiente reductor hay que tener al menos 37 años y medio cotizados y que, si no se cumple con este requisito de cotización, habrá que esperar hasta cumplir los 66 años y dos meses para poder retirarse con el 100% de la pensión.
Cambios en el cálculo de la base reguladora
Además de variar la edad legal de jubilación y los requisitos de cotización, también hay cambios en la fórmula empleada para realizar el cálculo de la pensión que nos corresponderá. El calendario progresivo de la ya citada reforma de 2011 va aumentando desde 2013 los años de nuestra carrera de cotización que se tendrán en cuenta para calcular la base reguladora. Hasta esa fecha eran los últimos quince, pero este período se ha ido alargando cada año hasta alcanzar ahora el que es ya su umbral definitivo, si es que no hay nuevas reformas; los últimos 25 años de cotización. Es decir, que la Seguridad Social sumará las 300 bases de cotización inmediatamente anteriores a la solicitud de la jubilación y dividirá el resultado entre el divisor establecido para este año, que ha pasado de ser 336 en 2021 a quedar fijado ya de aquí en adelante en 350. El resultado será nuestra base reguladora.
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Por otra parte, como en 2021 para tener derecho al 50% de la base reguladora (y con ella, a la pensión mínima) es obligatorio contar con al menos quince años cotizados. A partir de ahí, para calcular la prestación que finalmente recibiremos se va sumando un 0,21% por cada uno de los siguientes 106 meses trabajados y, después, un 0,19% por cada uno de los siguientes 146 meses cotizados. Es decir, que para tener acceso a la pensión máxima en 2022, un trabajador debe cotizar al menos 36 años. Este período se ampliará el año que viene; entre 2023 y 2026 será de 36 años y medio y a partir de 2027 quedará fijado en los 37 años.
Coeficientes de reducción para quien voluntariamente se jubile antes
El nombre completo de la nueva norma es Ley de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones. Es decir, que incluye las propuestas del Gobierno para animarnos a retrasar nuestra jubilación o, al menos, a no adelantarla.
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Como siempre, cualquier trabajador se podrá jubilar de forma voluntaria dos años antes de cumplir la edad legal, que como ya hemos dicho queda establecida en los 66 años y dos meses. Pero a partir de ahora quien lo haga de forma voluntaria tendrá que aceptar unos nuevos coeficientes reductores, que pasan a calcularse sobe la cuantía de la pensión (y no sobre su base reguladora) y por cada mes de adelanto en vez de por cada trimestre. Hay una excepción; quienes tengan derecho a la pensión máxima verán retrasada la aplicación de estos coeficientes hasta 2024 y ésta será progresiva hasta 2033.
Para aplicar estas penalizaciones se han creado cuatros grupos según la cotización acumulada. En el primero están las personas que cuenten con menos de 38 años y seis meses de cotización, que tendrán recortes que oscilan entre el 21% y el 3,6%; en el segundo las que tienen más de 38 años y 6 meses cotizados pero menos de 41 años y 6 meses, donde las penalizaciones van entre el 19% y el 3,11%; en el tercero, los trabajadores que suman más de 41 años y 6 meses pero menos de 44 años y 6 meses a los que se aplicarán coeficientes de entre el 17% y el 2,96%; y, en el tercero, quedan quienes tienen una carrera de cotización de más de 44 años y 6 meses, donde las penalizaciones varían entre el 13% y el 2,81%.
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Por tanto, adelantar voluntariamente el retiro laboral puede suponer hasta un 21% de la pensión aunque, en general, los castigos son más bajos que con el sistema vigente. En este cuadro elaborado por Comisiones Obreras puedes ver al detalle las penalizaciones aprobadas.
Jubilación anticipada involuntaria
La jubilación anticipada involuntaria está pensada para los trabajadores de más edad que han perdido su empleo y permite jubilarse hasta cuatro años antes de la edad ordinaria de jubilación. Este año se modifican tanto los coeficientes de reducción como las causas de extinción contractual que dan acceso a esta modalidad, añadiendo entre ellas, por ejemplo, las resoluciones a instancia del trabajador por traslados geográficos, modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo o incumplimientos graves del empresario.
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En cuanto a los coeficientes, para una gran parte de este colectivo, la nueva ley disminuirá los aplicados hasta ahora. Los nuevos oscilan entre el 0,50% por un mes de adelanto si se tienen al menos cotizados 44 años y seis meses y el 30% que se aplicará por adelantar la jubilación cuatro años (48 meses) si el período de cotización acumulado es inferior a 38 años y seis meses. Como sucede con la jubilación anticipada, se establecen coeficientes mensuales en vez de trimestrales. En la segunda página del cuadro elaborado por Comisiones Obreras puedes ver al detalle las penalizaciones aprobadas para estos casos.
Incentivos para quienes retrasen su jubilación
En el caso de la jubilación demorada, la nueva ley establece la exoneración de cotizar por contingencias comunes (excepto por incapacidad temporal) a partir del cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación que corresponda.
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Además, se refuerzan los incentivos, que pueden ser un incremento del 4% de la base reguladora por cada año completo de trabajo efectivo que acredite con posterioridad al cumplimiento de la edad de jubilación, una cantidad a tanto alzado que puede llegar a los 12.000 euros (en función de la cuantía de la pensión y la carrera de cotización) o una combinación de ambas fórmulas de incentivación.
Mecanismo de Equidad Intergeneracional
Con la ley también se ha aprobado la entrada en vigor a partir de 2023 del nuevo mecanismo de equidad intergeneracional (MEI) que, según ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, permitirá recaudar unos 50.000 millones hasta 2032 que se inyectarán en la 'hucha' de las pensiones.
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Esto quiere decir que, hasta 2032, este será el último año de las cotizaciones sociales actualmente vigentes. A partir de 2023, subirán un 0,6% dejando el tipo de cotización por contingencias comunes en el 28,9% del salario bruto. De este total, las empresas pagarán el 24,1% y sus empleados el 4,8%.
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