Un usuario consulta la aplicación móvil de Wallapop. E. C:

¿Vendes artículos en Wallapop, alquilas pisos en Airbnb...? ¡Ojo! Tendrás que notificarlo en esta declaración de la Renta

Hacienda incorpora en la campaña del IRPF de este año la información obtenida por las plataformas de compraventa sobre las operaciones de sus usuarios

Jorge Murcia

Jueves, 6 de marzo 2025, 00:14

La compraventa de bienes y servicios en internet gana adeptos y volumen de mercado de forma imparable. Para adaptarse a este nuevo escenario y ejercer un control más efectivo sobre las actividades financieras no declaradas -y prevenir el comercio de productos falsificados o robados- Hacienda (tanto la Agencia Tributaria como las haciendas forales) obligará a incluir las ganancias obtenidas en 2024 en la declaración de la Renta de este año.

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Esta exigencia nace de la transposición de la directiva europea DAC7, que obliga a estas plataformas digitales (como Wallapop, Vinted o Airbnb) a compartir con Hacienda los datos fiscales de sus usuarios: nombre, dirección, NIF, datos del IVA si se trata de autónomos, y razón social si son empresas. Incluso el número de cuenta bancaria, nombre del titular, la cantidad de dinero obtenido al trimestre y el número de ventas.

Esa información la cruzará el fisco con la aportada por los contribuyentes en su declaración de la Renta. De esta forma será más fácil detectar actividades económicas realizadas en estas plataformas que se quieran hacer pasar por operaciones puntuales. «Puede ser que alguien se dedique a la compraventa (un empresario) pero no esté detectado por Hacienda como tal, porque no se ha dado en actividad censal. Entiendo que eso es lo que están buscando: empresarios que no tributan por ello», sostiene Javier García, experto en derecho fiscal de Barrilero y Asociados.

Eso sí, la obligación de declarar no afectará a todos ellos. En el caso de las ventas de bienes de segunda mano, habrá que incluirlas cuando sean más de 30 operaciones, o ingresado por ellas más de 2.000 euros. Un límite que no se fija para las ganancias obtenidas por alquilar un piso o un vehículo en este tipo de páginas web. Conviene precisar que sólo habrá que declarar estas operaciones cuando reporten beneficios. Por ejemplo, si se vende un artículo por un precio inferior al que se compró, no existirá obligación de reflejarlo en la declaración de la Renta.

Para justificar que lo que se vende está por debajo del precio original, en la asesoría fiscal 'online' Tax Down aconsejan guardar los tickets. «Sin ellos, Hacienda entenderá que lo estás vendiendo por más dinero, aunque no sea así». Los contribuyentes obligados a declarar podrán solicitar a las plataformas documentos fiscales que reflejen esa actividad.

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Los beneficios obtenidos se computan como ganancias patrimoniales y se suman a la base imponible del ahorro, que se grava con diferentes porcentajes en función de su cuantía: en el caso de las haciendas forales vascas, desde un 19% para los primeros 6.000 euros, hasta un 26% cuando las ganancias superan los 200.000 euros.

Las plataformas afectadas

Las plataformas concernidas por esta nueva normativa son:

- Venta de bienes: aquí se incluyen las páginas web de compraventa de artículos de segunda mano, como Wallapop, Vinted, eBay, Facebook Marketplace, Amazon, coches.net y BKIE (estas dos últimas dedicadas a la compraventa de coches y bibicletas de segunda mano respectivamente). Es decir, a todas aquellas que puedan genera ingresos a un contribuyente.

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-Arrendamiento de inmuebles y medios de transporte: respecto a la primera de estas actividades, el ejemplo más claro es el de Airbnb, mientras que el de los medios de transporte se refiere fundamentalmente a plataformas de alquiler de vehículos entre particulares, como Amovens.

-Prestación de servicios personales, En este epígrafe se incluyen las plataformas de contratación de servicios de limpieza, de montaje de muebles o reparaciones.

-Inversión y depósito de criptoactivos. Afecta a plataformas como Coinbase, Bit2Me o Binance.

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