El exfutbolista profesional que no volverá a trabajar y cobrará para siempre una pensión de la Seguridad Social
Juan Rafael Fuentes Hernández, que entre otros equipos jugó en el Osasuna, ha logrado que un tribunal le reconozca la incapacidad permanente total
I.B.
Lunes, 1 de septiembre 2025, 07:39
El exfutbolista Juan Rafael Fuentes Hernández, que entre otros equipos jugó en el Córdoba, el Espanyol y el Osasuna, ha logrado que un tribunal le reconozca la incapacidad permanente total para el ejercicio de su profesión habitual tras seis años de pleitos con la Seguridad Social.
En 2018, el jugador tenía 28 años y militaba en las filas del Nottingham Forest, cuando durante un partido de la Premier League sufrió una lesión que le ocasionó varias fracturas en la tibia, rodilla y ligamento lateral interno de la pierna derecha. Las secuelas le obligaron a abandonar su carrera profesional y entonces reclamó la incapacidad permanente total derivada de accidente de trabajo.
Dentro de los grados de incapacidad recogidos en la legislación española, la permanente total reconoce la inhabilitación del trabajador para ejercer la actividad que desarrollaba hasta ese momento, pero no para dedicarse a otra distinta. Se revisa cada dos años, pero puede dar derecho a recibir una prestación vitalicia, que equivale al 55% de su base reguladora, aunque puede aumentar al 75% a partir de los 55 años si el trabajador no ha encontrado otro empleo.
Cinco años más tarde, la Seguridad Social se la denegó alegando, por un lado, que las lesiones no alcanzaban el grado suficiente para considerar la incapacidad permanente total (solo le veía limitado para grandes sobrecargas de rodilla derecha) y, por otro, que el percance no había tenido lugar en España.
Ahora, en cambio, tras un proceso en el que el jugador ha sido defendido por el exárbitro profesional José Ignacio Bidón y Vigil de Quiñones, el Juzgado de lo Social nº2 de Córdoba ha tenido en cuenta la opinión de dos médicos que han determinado que el deportista sufre lesiones irreversibles que le impiden tanto correr como realizar cambios bruscos de dirección, por lo que consideran que no podrá volver a jugar al fútbol.
Además, entiende que, dado que en 2018 Reino Unido aún era miembro de la Unión Europea, cabe aplicarse la normativa comunitaria y, por tanto, puede ser reclamada ante la Seguridad Social española si previamente es reconocida la institución correspondiente de Reino Unido, trámite aún pendiente. La sentencia no es firme, ya que la Seguridad Social puede recurrirla.