¿Cómo puedo actualizar el salario de un empleado del hogar?

Cualquier cambio en las circunstancias laborales de estos trabajadores debe ser comunicado a través del portal Import@ss

Martes, 11 de enero 2022, 00:30

Quienes tienen a su cargo a personas empleadas del hogar -mujeres en su inmensa mayoría- tienen que dar de alta a estas trabajadores y que coticen según lo establecido por ley. La última subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), decretada el pasado mes de septiembre, obligó a los empleadores a actualizar la retribución de sus empleadas de hogar conforme a la nueva cantidad (un mínimo de 1.125,83 euros al mes en doce mensualidades, 965 euros si el sueldo se abona en catorce pagas).

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Estos días el canal de atención a la ciudadanía en Twitter del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones recordaba los pasos a dar para actualizar el salario de un empleado de hogar. En realidad el enlace remitía al portal Import@ss de la Seguridad Social, donde se puede modificar todos los datos como empleador o empleadora de hogar. Por ejemplo, el domicilio de actividad, los datos de contacto o la cuenta de domiciliación bancaria.

Toda esta información se puede poner al día en cualquier momento. Si se actualiza la cuenta en la que se tienen domiciliadas las cuotas de la Seguridad Social y se hace dentro de los primeros diez días del mes, el cambio se aplicará a la cuota que se ha de ingresar dicho mes. Si se lleva a cabo después del día 10, el cargo en la nueva cuenta se aplicará el mes siguiente. Además, indica el portal informativo, cuando se tienen a varias personas empleadas en actividades domésticas en la misma provincia, las cuotas correspondientes a todas ellas se cargarán en la misma cuenta bancaria.

Distintas formas de acceso

Una vez pulsado el botón de solicitud de modificación, la página web muestra diferentes formas de acceso. En primer lugar, con cl@ve permanente, un sistema que unifica y simplifica el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Con esta herramienta las personas pueden identificarse ante la Administración mediante claves concertadas (usuario más contraseña) sin tener que recordar claves diferentes para acceder a los distintos servicios públicos.

Otra forma de acceder es vía SMS. Basta con rellenar las casillas del DNI, fecha de nacimiento y número de teléfono para que el sistema envíe un mensaje de texto al móvil con un código de seguridad que se pedirá a continuación. Por último, también se pueden modificar los datos con certificado digital. La Seguridad Social ofrece una guía práctica con toda la información sobre estos métodos de identificación

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Quien no disponga de alguno de ellos tiene la opción de cumplimentar el modelo TA.2/S-0138 y remitirlo a través del formulario habilitado por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Por último, también se pueden comunicar las modificaciones a través de un Autorizado al Sistema RED si se dispone de uno. Se concede a las empresas, profesionales y otras personas para que presenten en nombre de terceros documentación relativa a cotización.

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