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Oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social en Vitoria. Blanca Sáenz

Deniegan una pensión de 2.700 euros por incapacidad permanente a una vasca que sufrió cáncer de mama

La trabajadora, de 49 años, fue sometida a una mastectomía y alegaba sufrir diversas secuelas físicas y psíquicas

M. Corrales

Viernes, 21 de noviembre 2025, 00:06

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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha denegado a una trabajadora de 49 años la solicitud de incapacidad permanente por un cáncer de mama que derivó en una mastectomía. Además, la mujer aseguraba sufrir diversas secuelas -entre ellas dolor torácico, mal descanso nocturno y depresión- y tener reconocido un 67% de discapacidad.

De estimarse su demanda, la trabajadora -que además de empleada en una empresa ejercía como autónoma en una academia de idiomas- tendría derecho a cobrar una pensión mensual de 2.714,48 euros. De esa cantidad, 2.321,51 corresponderían al Régimen General de la Seguridad Social, y 660,96 al de autónomos (RETA).

La mujer había solicitado ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) la incapacidad permanente absoluta -que inhabilita para cualquier tipo de trabajo u oficio- o de forma subsidiaria la total -incapacita para desempeñar la profesión habitual- o la parcial.

Ante la negativa del INSS, decidió llevar el caso a los tribunales. El Juzgado de lo Social n.º 1 de Vitoria desestimó la demanda porque en la actualidad no apreciaba «limitación de la capacidad laboral ni siquiera en los tercios o medios que postula subsidiariamente, máxime cuando se trata de trabajos sedentarios».

La mujer interpuso un recurso de suplicación ante el TSJPV, quien concluye en su sentencia que «las reducciones funcionales que presenta la trabajadora a nivel de afectación del carcinoma no puede ser determinante de los reconocimientos de grado que solicita».

El tribunal recuerda que, pese a estar ante una patología y enfermedad «de importancia», tras la mastectomía y el tratamiento de radioterapia y reconstrucción a que fue sometida, la mujer «no evidencia ningún tipo de enfermedad neoplásica» en la actualidad.

Las referencias a dolores, mal descanso y disnea de esfuerzo, así como el cuadro depresivo, «no se compaginan con una patología mamaria, actualmente asintomática». Además, presentaba «un cuadro de consecuencias sin signos de gravedad» que, a juicio del tribunal, no son incapacitantes para desarrollar actividades y profesiones «sin exigencia física (…) y más bien sedentarias». Por todo ello acordó desestimar la solicitud de la mujer.

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