¿Cuándo puedo descargarme el borrador de la declaración de la Renta 2023?
La campaña de la renta empezará el día 3 de abril en Álava y el día 17 en Bizkaia
El mes que viene toca saldar cuentas con Hacienda. En abril comienza el plazo para la declaración del ejercicio 2022 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): el día 3 en Álava y el 17 en Bizkaia. Los alaveses tendrán de plazo hasta el día 26 de junio y los vizcaínos, hasta el 30.
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Por tanto, será a partir de esos días de abril cuando los contribuyentes podrán empezar a descargarse el borrador, que es una propuesta de declaración efectuada con los datos personales, familiares y económicos disponibles en Hacienda. Como su propio nombre indica, se trata solo de un borrador, así que el resultado es provisional.
En los próximos días las haciendas forales darán a conocer la campaña de la renta de este año con sus grandes cifras: la recaudación estimada, el número de declaraciones que se esperan efectuar, las que saldrán a 'devolver' o a pagar, o los plazos para recibir o ingresar el dinero correspondiente, según sea el caso.
Como cada año, Hacienda enviará los borradores con la propuesta de declaración a miles de contribuyentes, que deberán comprobar si falta por incluir o modificar algún dato relevante de su situación personal o económica.
Tres formas de presentación
Hay tres formas de presentar la declaración: digital (a través de la página web y la 'app' de Hacienda, por teléfono, o de manera presencial en las oficinas del órgano recaudador y otros centros acreditados. Siempre, eso sí, con cita previa.
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En los últimos años, y sobre todo desde la pandemia del Covid, las instituciones animan y empujan a utilizar las vías digitales. El borrador de declaración es accesible desde cualquier dispositivo u ordenador con acceso a internet. Ahora bien, se necesita un medio de identificación electrónico. En caso de no tenerlo, el órgano recaudador facilita la clave Bak, de un solo uso.
El pasado año la Hacienda vizcaína tardaba siete días desde el momento de la presentación en ingresar el dinero de los contribuyentes cuya declaración saliera a devolver (a su favor). Si el resultado era a ingresar (a favor de Hacienda), podían domiciliar el pago, que no se hacía efectivo hasta julio.
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