Correos, condenada a pagar mil euros a una trabajadora que se negó a entregar un paquete con droga
La repartidora avisó a la Policía cuando detectó el olor a hachís y después fue suspendida dos días de empleo y sueldo
Iratxe Bernal
Lunes, 12 de febrero 2024, 13:49
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado a Correos a pagar mil euros como indemnización por daños morales a una cartera a la que suspendió de empleo y sueldo por no entregar un paquete que contenía droga. El envío en cuestión había llamado la atención de la trabajadora, quien ante la sospecha de que contuviera hachís, decidió retirarlo del reparto y llamar a la Policía. La decisión le supuso una sanción que en primera instancia fue revocada por la Justicia, que ahora vuelve a dar la razón a la empleada.
Los hechos se remontan al 4 de enero de 2021, cuando al preparar el reparto del día la trabajadora reparó en un paquete de 2,3 kilogramos de peso «remitido desde otro país» y que «por su olor» le hizo sospechar que contenía marihuana. La cartera llamó entonces a la Policía, que acudió a la oficina de Correos y decomisó el paquete. Diez días después recibió una comunicación de su jefe de zona en la que se le notificaba que sería sancionada por cometer una falta leve, según lo establecido en el artículo 83 del convenio de la sociedad estatal. En este artículo se establece la «suspensión de empleo y sueldo hasta dos días» por, entre otras posibles faltas disciplinarias de carácter leve, «el retraso injustificado, desobediencia, negligencia o descuido excusables en el cumplimiento de sus tareas, siempre que de tales conductas no se deriven ni se puedan derivar perjuicios graves para el servicio, en cuyo caso tendrán la calificación de faltas graves».
La trabajadora acudió entonces a la Justicia, que revocó la sanción. La sentencia no estimó acreditado que la superiora de la demandante le impartiera la orden de entregar el paquete ni que la empresa tuviera instrucciones sobre la forma de proceder en situaciones como esa, por lo que no hubo desobediencia por parte de la trabajadora. Sin embargo, esta resolución del Juzgado de lo Social número 14 de Madrid fue recurrida por Correos. «La empresa tuvo la desfachatez de recurrir cuando un juzgado le había dado la razón a la trabajadora, que no pudo aguantar la presión y ha estado de baja por problemas psicológicos», lamentan desde la Confederación General del Trabajo (CGT), asociación que ha hecho pública la sentencia.
Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid se muestra muy dura con la sociedad estatal al recordar que la entrega del paquete aun teniendo sospechas sobre su contenido «puede constituir una conducta sancionable por el ordenamiento jurídico laboral, administrativo y penal», por lo que la trabajadora no sólo evitó incurrir en esa responsabilidad sino que también cumplió el deber impuesto por la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que exige la denuncia a quienes «por razón de sus cargos, profesiones u oficios tuvieran noticia de algún delito público». «Llama poderosamente la atención, causando a la vez notable extrañeza -recalca la sentencia-, el trato dispensado por la entidad pública demandada a una empleada que se comportó en forma no merecedora de reproche atendiendo a pautas lógicas y jurídicas y a la propia realidad social, tratamiento que trasciende la esfera personal y penetra en la colectiva al condicionar la actuación a seguir por otros carteros que se encuentren ante una situación similar a la vivida por la demandante».