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Cambios en las bajas laborales: así pretende acabar el Gobierno con el absentismo

Apuesta por un modelo de reincorporación progresiva al trabajo, y por dar mayor poder a las mutuas en los procesos de incapacidad, tanto temporal como permanente

Jorge Murcia

Jueves, 12 de junio 2025, 00:09

Las bajas laborales son uno de los asuntos que más preocupan a los empresarios y habitual motivo de fricción con los sindicatos, que acusan a la patronal de magnificar el problema. El caso es que el gasto por las ausencias -justificadas- en el trabajo por enfermedad común se ha disparado un 78,5% desde 2019, según el Banco de España (BdE). El coste de estas bajas supera los 15.000 millones de euros. Por ello, el obierno prepara una reforma de la prestación por incapacidad temporal con un triple objetivo: proteger mejor la salud de los trabajadores, reducir los tiempos de baja y recortar el gasto en prestaciones.

Estas propuestas están plasmadas en un documento -titulado 'Medidas de reforma de la prestación por incapacidad temporal para mejorar la protección de la salud de las personas trabajadoras'- que ha sido entregado a los agentes sociales para su discusión. Estos son los puntos más relevantes.

Novedades en las bajas laborales

- Reincoporación progresiva al trabajo. Es la medida que está en el origen de la reforma de las bajas laborales. Fue propuesta el pasado mes de octubre por la ministra de Seguridad Social, Elma Saiz, y recibida con un profundo rechazo por parte de los sindicatos.

La medida contempla la reincorporación progresiva al trabajo para ciertas patologías (no especificadas por el ministerio) de más de 180 días de duración, durante un máximo de un mes. Y únicamente cuando el trabajador haya sanado y recibido el alta médica.

Sería aplicable a trabajadores a tiempo completo, y a aquellos con contratos parciales, pero que trabajen más del 80% de la jornada ordinaria. Durante ese periodo de reincorporación paulatina el empleado trabajaría la mitad de su jornada habitual, y cobraría la correspondiente parte del salario. Por la mitad de la jornada que no trabaja percibiría el 50% de la prestación por incapacidad temporal (IT).

- Mayor protagonismo a las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social (SS). Aunque no podrán dar las altas médicas por incapacidad temporal (algo que reclamaban), se les permitirá proponer el alta de los trabajadores de baja por enfermedad común durante más de un año, algo que en la actualidad es competencia exclusiva del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Las mutuas sólo están están facultadas para hacerlo si la incapacidad temporal por enfermedad no supera los doce meses.

- Las mutuas también podrán elevar ante el INSS una propuesta de alta de los trabajadores en situación de incapacidad permanente en las bajas por contingencias comunes (enfermedad o accidente de origen no laboral) de menos de 365 días de duración.

- En las bajas por contingencias profesionales (accidente laboral o enfermedad profesional) las mutuas tendrán nuevas atribuciones: podrán emitir altas por curación o mejoría en las bajas de más de un año de duración (ya lo hacen en las de duración inferior), y dar altas con propuesta de inicio de expediente de incapacidad permanente.

- Bajas médicas de trabajadores pluriempleados: estas personas podrán seguir ejerciendo la actividad para la que según el criterio médico no se encuentre impedido. Y hacerlo, bien desde el momento inicial de la baja, o durante el proceso.

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