El Banco de España desvela si es legal imponer una cantidad mínima para pagar con tarjeta
Esa comisión se denomina tasa de descuento, y en los últimos 20 años se ha desplomado un 76%
Jorge Murcia
Lunes, 18 de diciembre 2023, 09:33
Aunque el efectivo se resiste a dejar su trono, los pagos con tarjeta ganan terreno poco a poco. Además, cada vez son menos los establecimientos comerciales que fijan un importe mínimo a partir del cual se puede abonar las compras con el plástico, ya sea en su formato físico o integrado en el teléfono móvil.
Pero todavía los hay, y bastantes. La razón que impulsó a muchos de ellos a no admitir pagos por debajo de cierta cantidad (5 euros es la más habitual) estaba en las altas comisiones que las entidades financieras les cobraban por cada compra con tarjeta.
Los bancos cobran a los comercios una comisión por instalar el Terminal de Punto de Venta (TPV) y proveer del acceso a la red que permite el pago con el plástico. Esa comisión se denomina tasa de descuento, y en los últimos 20 años se ha desplomado un 76%.
Según los últimos datos del Banco de España (BdE) correspondientes al segundo semestre de este año-, la tasa de descuento media (cada banco cobra sus propias comisiones) se situó en el 0,30% para las tarjetas de débito de usuarios particulares, y en un 0,34% en el caso de las de crédito. Hace dos décadas alcanzaba casi el 1,60%.
Por lo tanto, los comercios tienen cada vez menos razones para no permitir la compra con tarjeta de un paquete de chicles o el pago de una copa de vino, por poner dos ejemplos. Según la encuesta nacional sobre el uso de efectivo del Banco de España efectuada en julio de 2021, el 84% de los establecimientos comerciales no imponen restricción alguna al pago con tarjeta. El 16% restante mantiene un pago mínimo de 11 euros de media. Y este porcentaje va menguando mes a mes.
En todo caso, ¿es legal fijar ese importe mínimo? Según aclara el BdE en su portal del cliente bancario, «la norma no establece ningún tratamiento explícito de este asunto y, por tanto, no estaría prohibido». Basta con que anuncie esta práctica mediante carteles visibles al público.
Lo que sí prohíbe la normativa es cobrar más por el pago con tarjeta. Es decir, imponer un recargo a quien opta por esta modalidad de compra. El supervisor bancario precisa que la decisión de un comercio de poner un suelo al pago con tarjeta es exclusivamente suya, y «no viene impuesta por las entidades o los sistemas emisores de tarjeta».